Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia y en Nombre de La República Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el abogado MANUEL MOYA SALAZAR, en contra de la sentencia de fecha veintinueve (29) de abril del 2026, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha veintinueve (29) de abril del 2026 emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. TERCERO: SIN LUGAR la OPOSICIÓN a la Medida Cautelar innominada de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROHIBICION DE CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES Y LA PARALIZACION DE LAS QUE SE ESTEN EJECUTANDO ACTUA.....