Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE, el recurso de apelación ejercido por la parte demandada. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 20 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas.