III
DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada conjuntamente con la Querella Funcionarial (Vía de Hecho), incoada por el ciudadano JUAN BAUTISTA CABRERA CARVAJAL, titular de la cédula de identidad N° 16.518.848, asistido Yraima Díaz Ramos, inscrita en el IPSA bajo el Nº 67.377, en su carácter de Defensora Pública Primera Contencioso Administrativo, contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO MONAGAS.-
Publíquese y Regístrese. Cúmplase con lo ordenado.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro. En Maturín.....