Este Tribunal con la realización del presente acto, da por concluido el proceso con todas sus incidencias, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO VOLUNTARIO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordenará el archivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente, una vez que se consigne el recibo del pago correspondiente. Asimismo, se ordena expedir copia certificada de la presente acta, a los fines de su entrega a cada una de las partes. En virtud del acuerdo efectuado por las partes, en consecuencia, este Tribunal, ordena oficiar al ciudadano CÉSAR ANDRÉS QUINTERO, titular de la cédula de Identidad Nº V.-11.337.232; y al depositario judicial, el ciudadano GUIMEL ANTONIO RODRIGUEZ DOMINGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.337.604, a los fines de que hagan entrega de los bienes embargados en fecha trece (13) de Agosto de 2025, al Representante Legal de la enti.....