En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por motivo de DIVORCIO POR DESAFECTO, de conformidad con lo establecido en los artículos 07, 206, 242, 243, 340 (1°, 5°) y 341 del Código de Procedimiento Civil, intentada por la ciudadana SULMA TERESA MUJICA LUCES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.290.777, debidamente asistida por la ciudadana FRINE GERTRUDIS URBAEZ MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.282.933, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 307.575, en contra del ciudadano CARLOS ISIDRO TOVAR MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.921.754, por cuánto no cumple con la exigencia establecida en el ordinal primer.....