declara: PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte demandada. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia recurrida dictada el 6 de marzo de 2026, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial . TERCERO: SE REPONE la causa al estado de que el juez de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución, que resulte competente previa redistribución de la presente causa, fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar.