Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, vista la manifestación de voluntad del apoderado judicial de la parte actora y su exposición, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por la representación judicial del demandante. Igualmente ambas partes solicitan al Tribunal se le expida copia certificada de la presente acta, siendo acordado de conformidad por este Juzgado; asimismo, se hace entrega a las partes de las pruebas aportadas al inicio de la presente audiencia preliminar y sus correspondientes escritos. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 215° y 167°.