En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordenará el archivo del archivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente. Se deja constancia que se le hizo la devolución de los escritos de promoción de pruebas y sus anexos, a cada una de las partes. Se deja constancia que las operaciones bancarias se realizaron en este Tribunal, y
fueron consignados los recibo de pago de la cantidad aquí mediada, a la parte actora, a los fines del cierre y archivo del presente asunto, los cuales son anexados a la presente acta. Igualmente se deja constancia que el demandante autorizó fuese descontado del monto aquí acordado para la realización de la Mediación la cantidad de; NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y .....