declara: PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial del ciudadano José Gregorio Romero Tocuyo. SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas en fecha 15 de julio de 2025, que negó oír el recurso de apelación ejercido por el abogado Carlos Enrique Balza Solé en fecha 16 de julio de 2025, y se ordena oír dicho recurso en el solo efecto devolutivo.