En cumplimiento con lo establecido en los artículos 26, 49, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1131, 1167 del Código Civil y los artículos 12, 254 del Código de Procedimiento Civil, se declara PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la ciudadana ANA CECILIA SILVA, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 36.086, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos DAVID MARKLE, GUZMAN, BETILDE BARRETO DE MOROS y BLANCA FARIAS VARGAS, (partes codemandadas) e interpuesto por la abogada MARIANELA HERDE MARCANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 49.371, apoderado de la co demandada KATHERINE DEL CARMEN TERMINI, en contra de la sentencia de fecha Dos (02) de Diciembre de Dos Mil Veinticinco (2025), por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, SEGUNDO: Se ANULA la sentencia de f.....