declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 3 de noviembre de 2025, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. TERCERO: SE REPONE la causa al estado que el juez que corresponda por distribución cumpla con el procedimiento de incidencia de impugnación de poder ejercido.