REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCEN

JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cuatro (04) de marzo de dos mil veintiséis (2026).
215º y 167º

Vista la diligencia fechada 24/02/2026, suscrita por el abogado Leandro Contreras Rivas, inscrito ante el IPSA bajo el N° 145.170, apoderado judicial de la codemandada Lina Rosa Galaviz Roa, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el dispositivo de la decisión dictada el 07/10/2025 por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, N° 583 del expediente N° 24-657, que ordenó la citación de la mencionada ciudadana para que manifestara ante el Juzgado Superior que correspondiera “si solicita la reposición de la causa al estado de nueva contestación de la demanda o si ratifica las actuaciones de su colitigante litisconsorte necesario pasivo y asume la causa en el estado en que se encuentra”, y dado que se acogió a la reposición de la causa al estado de nueva contestación de la demanda, este Tribunal Superior en lo Civil, vista la nulidad decretada por la Sala de Casación Civil y en atención a lo manifestado por la representación judicial de la mencionada ciudadana, ordena la reposición de la causa al estado de contestación de la demanda y declara la nulidad de todo lo actuado con posterioridad al auto de admisión de la demanda. En consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en funciones de distribuidor, a los fines que otro Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de esta Circunscripción Judicial continúe el curso de la causa.
El Juez Titular,

Miguel José Belmonte Lozada

La Secretaria Temporal,

Mariajosé Mejía García






En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 01:05 de la tarde. Se remitió el presente expediente, con oficio N° _____, constante de dos piezas con trescientos treinta y un (331) y trescientos veintinueve (329) folios útiles, respectivamente, junto con un cuaderno de medidas con dos (02) folios útiles, y un cuaderno de inhibición con nueve (09) folios útiles, al Juzgado distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, quedando anotada su salida en el libro respectivo.

Exp. N° 25-5339
MJBL/mmg