TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. ACTUANDO EN SEDE DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE. Capacho Nuevo, miércoles 17 de junio de 2026.
216º y 167°
Visto que en el día de hoy, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar en la Fase de Mediación en la presente causa por Fijación de la Obligación de Manutención, se hicieron presentes los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ RAMIREZ y JOSE ARMANDO COLLAZOS COMBA, venezolanos, mayores de edad, titulares en su orden de la cédula de identidad No. V-16.539.709 y No. V-17.466.987, a favor de su hijo el niño (se omite el nombre por disposición de la Ley Especial) de 08 años de edad; acordando las partes en forma voluntaria, todo lo referente a Obligación de Manutención mensual, así como las cuotas extraordinarias y gastos por servicios médicos y por medicinas a favor de su hijo.
Por cuanto lo expuesto por las partes no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, garantizándose el Interés Superior del identificado niño beneficiario de la manutención; este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el Artículo 78 Constitucional y Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Déjese copia certificada así como digitalizada para el archivo del Tribunal y publíquese en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR
ABG. MsC. PEDRO ANTONIO GÁFARO PERNÍA
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. YORNELARY YHOELYS DAVILA GOMEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las 11:00 a.m quedando registrada bajo el N° ________, se dejó copia digitalizada y copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. YORNELARY YHOELYS DAVILA GOMEZ
Exp.No.3529-2026
PAGP/OAAG
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