REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
De la Circunscripción Judicial del estado Táchira
San Cristóbal, 17 de junio de 2026
216º y 167°
ASUNTO PRINCIPAL: SP22-G-2026-000004.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 079/2026.
Siendo la oportunidad legal para el pronunciamiento sobre la admisión de las pruebas, en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Querella Funcionarial, se recibió en fecha 08 de junio de 2026, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado Superior, escrito de promoción de pruebas presentado por la Abogada Johana Glicet Pérez de Pereira, inscrita en el IPSA bajo el N° 125.896, en su carácter de representante del Instituto Autónomo de Policía del estado Táchira, mediante el cual promueve los siguientes medios probatorios:
Pruebas Documentales:
1.- Copia simple del oficio N° PE/DA/DPPP-0036-24, de fecha 27 de noviembre de 2024, suscrito por el Director de la Policial estadal del Táchira, (fs. 44-45)
2.- Copia simple del oficio N° PE/DA/DPPP-020-25, de fecha 01 de agosto de 2025, suscrito por el Director de la Policial estadal del Táchira, (fs. 46-47).
3.- Copia simple del oficio N° 028/26, de fecha 03 de junio de 2026, emitido por la Consultaría Jurídica de la Policial estadal del Táchira, (fs. 48).
4.- Copia simple del oficio S/N, de fecha 03 de junio del año 2026, suscrito por el Director de Administración y finanzas de la Policial estadal del Táchira, (fs. 49-50).
En cuanto a la promoción de los numerales 1,2,3 y 4 se admite en cuanto a lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, además de tratarse de un documento publico administrativo suscrito por autoridades competentes, por lo que gozan de la presunción de legalidad y legitimidad. Y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de este fallo para el copiador de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha dieciséis (16) del mes de junio de 2026. Años: 216° de la Independencia y 167° de la Federación.
El Juez,
Dr. José Gregorio Morales Rincón La Secretaria,
Abog. Mariam Paola Rojas Mora.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m ).
La Secretaria,
JGMR/MPRM/EV Abog. Mariam Paola Rojas Mor
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