REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
214º y 165º
ASUNTO: SP01-L-2026-000034
PARTE ACTORA: ROSMY MARGARITA FUENTES CAQUIS V-13.829.983
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: ORLANDO GABRIEL GONZALEZ BARRIOS I.P.S.A. 73.883
PARTE DEMANDADA: FREDDY ALEXANDER ZAMBRANO MANZANILLA V-19.153.423
ABOGADO PARTE DEMANDADA: ALICIA DEL CARMEN MANZANILLA I.P.S.A. 110.590
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, 12 de junio de 2026, a las 11:00 a.m., se hicieron presentes en el Tribunal por la parte actora el apoderado judicial abogado ORLANDO GABRIEL GONZALEZ BARRIOS I.P.S.A. 73.883 y por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada ALICIA DEL CARMEN MANZANILLA I.P.S.A. 110.590, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron, solicitamos se adelante la audiencia preliminar, lo cual el Tribunal en vista a que es un pedimento conforme a los principios de acceso a la justicia y celeridad procesal acuerda de conformidad con lo solicitado y de seguidas apertura la misma: En este estado la parte demandada ofrece a la parte actora la suma de QUINIENTOS CINCUENTA EUROS (550,00) Euros, como moneda de cuenta para esta transacción que será pagaders en bolívares a la tasa del Banco Central de Venezuela, de la siguiente manera: 1.) el dia 15 de junio de 2026, la suma de 183,33 Euros 2) el día 30 de junio de 2026 el monto de 183,33 Euros y 3) El 13 de julio de 2026 la suma de 183,33 Euros. Todos los pagos se realizarán en la cuenta bancaria de la trabajadora ROSMY MARGARITA FUENTES CAQUIS V-13.829.983, con el Nro.01020150180000208174 del Banco de Venezuela. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que una vez conste en autos el cumplimiento del último de los pagos propuestos, no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Ambas partes consignan a los autos el acuerdo realizado en 1 folio. El Tribunal visto el acuerdo efectuado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abg. Ana Mercedes Mora Rivas
Parte Actora Parte Demandada

Abog. Orlando Gonzalez Abog. Alicia Manzanilla

La Secretaria,


La Secretaria,

Abg. Linda Flor Vargas