JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, 10 de junio del 2026.

215° Y 166°

Visto el escrito de fecha 03 de junio del 2026, suscrita por el Abogado JOSE MARCELINO SANCHEZ VARGAS, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 31.082, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; este Órgano Jurisdiccional ordena LEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Tribunal en fecha 18 de octubre de 2023. Por consiguiente, se acuerda librar oficio para el Registrador del Registro Público del Municipio María Ureña. Con el objeto de que ese Organismo Público se avoque a levantar la correspondiente medida. Líbrese oficio.



Abg. Johanna Lisbeth Quevedo Poveda
Juez Provisorio.





Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico.
Secretario.



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, librándose los Oficios Nº295 para el Registro antes indicado.




Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico.
Secretario.




Exp. Nº 10.045