En horas 10:30am de despacho del Día de hoy presentes en la sede del Tribunal los ciudadanos: GREISY NICOLA SOSA BAUTISTA venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.617.479, domiciliada en: Av 11 casa nº 8-56 sector el centro de Rubio, municipio Junín estado Táchira, con número telefónico: 0424-7119708, y correo electrónico: @gmail.com parte Demandante en la presente causa por una parte y por la otra parte el ciudadano: ORLANDO MIGUEL ALVAREZ PAGONE, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 19.540.034, con domicilio procesal en la Alcaldía del Municipio Junín Departamento Sindicatura Municipal, de la Ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, con número telefónico: 0426-XXXXXXX y correo electrónico: XXXXXXXXXX@gmail.com, como parte Demandada, audiencia que se fijó mediante auto de fecha 23 de Julio de 2026. Todo en relacionado con el Expediente Nº 6573-26, Obligación de Manutención. Por lo que estando presentes las partes la Juez de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 257 del Código de Procedimiento Civil exhorta a las partes a la conciliación y en tal sentido se celebra Acto Conciliatorio en los siguientes términos:
La Jueza apertura el acto e insta a las partes a la conciliación de conformidad con lo preceptuado en el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en atención a lo preceptuado en el artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, a fin de llegar a un acuerdo entre ellos, a tal efecto la parte Demandante ciudadana: GREISY NICOLA SOSA BAUTISTA manifiesta a este Tribunal lo siguiente: “manifiesta que aporte por la obligación de manutención la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (BS. 45.000,00), mensuales, así como en los meses de agosto y diciembre de cada año una cuota extra por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS 50.000,00), para los gasto de estudio y navidad e igualmente se compromote a cubrir los gasto médicos y de medicina compartidos en 50%”. Es todo. Impuesta de la petición del oferente la juez le concede el derecho de palabra a la parte Demandada Ciudadano: ORLANDO MIGUEL ALVAREZ PAGONE, quien manifiesta a este Tribunal lo siguiente: manifiesta “ xxxxxxxxxxxxxxxxxxx”
Es todo. La Demandante GREISY NICOLA SOSA BAUTISTA, pide el derecho de palabra y manifiesta estar de acuerdo con lo ofrecido por el padre del niño. Es todo. –
Las partes convienen que la presente Manutención será aportada de la siguiente forma:
PRIMERO: En cuanto a la mensualidad las partes convienen en que se fija la misma en la cantidad de 60 DOLARES mensuales
SEGUNDO: En cuanto a las cuotas extraordinarias para la época escolar el Demandado se compromete a cubrir. Todo lo fijado fuera de la mensualidad convenida, con una cuota de 180 DOLARES en los meses de agosto y diciembre
TERCERO: En cuanto a los gastos médicos, medicinas y consultas, serán compartidos en un 50 % por cada uno de los padres, Según informe médico.
CUARTO: En cuanto a los gastos extraordinarios por la emergencia quirúrgica se compromete a pagar un cuota de 10 DOLARES mensuales para abonar a dichos gasto a partir de la fecha de los primeros 5 días del mes julio del presente año
QUINTO: Las partes convienen que el presente acuerdo comienza a regir a partir del día de hoy 18 de mayo de 2026, y hacer los pagos los primeros 5 días de cada meses comenzado en el mes de Junio 2026.
Las partes solicitan que el presente acuerdo sea homologado por este Tribunal.
Visto lo manifestado por las partes, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA HOMOLOGADO la presente Conciliación celebrada entre las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente otorgándole el carácter de cosa juzgada y ejecutiva. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
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