REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. La Grita, 23 de Febrero de 2026.-
215° y 167°
Visto el Contenido del oficio N° 432-066, de fecha 25-02-2026, emanado del Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, en la que informa que no fue asentada la nota correspondiente en el Documento bajo el N° 6, Protocolo Primero, Tomo 8, de fecha 02-03-1995, por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, ya que en el contexto del oficio no se hizo la mención a los números de oficio, ni a la fecha en que fueron decretadas dichas medidas; es por ello, se sugiere identificar a cuales corresponde para ser levantadas. Por consiguiente, este Tribunal acuerda librar un nuevo oficio que contenga además de lo indicado en el anterior oficio N° 3160-037, de fecha 23-02-2026, en el que se Decreta el Levantamiento de las medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar enviada al Registro según oficio N° 3160-95 de fecha 22-02-2000, Medida de Embargo Ejecutivo, enviada al registro según oficio N° 1279/99 de fecha 19-06-2000 con aclaratoria oficio N°3160-368 de fecha 21-07-2000. Líbrese oficio a la Registradora Pública del Municipio Jáuregui. Cúmplase. -
EL JUEZ,
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Abg. JOSE ENRIQUE GANDICA GONZÁLEZ
LA SECRETARÍA,
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Abg. ANGEE LISSETT GARCIA MENDEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado librandose oficio N° 3160-037 a la Registradora Pública del Municipio Jáuregui.
LA SECRETARÍA
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JEGG/Valeria.-
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