REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, nueve de febrero de dos mil veintiseis
215º y 166º

ASUNTO : SP01-L-2025-000221
PARTE ACTORA:ANGELA ROSIO ACEROS JIMENEZ, v-15.567.967, MARIA DANIELA YANEZ ARRAEZ V-27.816.480 Y YOLEIDA COROMOTO ARRAEZ V-9.570.975
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA; GLORIA ESTHER DIAZ RIVAS, MANUEL GERARDO GRAZIA BONILLA Y LYA ALTUVE RAMIREZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 71.668, 59.580 y 217.106

PARTE DEMADNADA, BARE BARE DISTRIBUCIONES C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA; DANIELA ALEXANDRA RAMIREZ CASTELLANO Y MAITE CAROLINA SOTO YAÑEZ, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros. 312.160 y 38.708.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el dia de hoy, 06 de febrero de 2026,a las 10:30 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar, se hizo presente por la parte demandante la codemandante ANGELA ROSIO ACEROS JIMENEZ, v-15.567.967 y las apoderadas judiciales GLORIA ESTHER DIAZ RIVAS, Y LYA ALTUVE RAMIREZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 71.668, y 217.106, asimismo se hizo presente la parte demandada mediante sus apoderadas judiciales, abogadas ; DANIELA ALEXANDRA RAMIREZ CASTELLANO Y MAITE CAROLINA SOTO YAÑEZ, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros. 312.160 y 38.708. en su orden. Luego las partes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma única de CINCO MIL CIENTO NOVENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERCIA (5.190,OO $), como moneda de cuenta y pago discriminados de la siguiente manera y de forma programada:
1.- Para la ciudadana MARIA DANIELA YANEZ ARRAEZ V-27.816.480, la suma de 2.460,oo$ de la siguiente manera: en este acto 1.051,20 $, el día 27-2-2026 la suma de 281,76 $, el día 19-3-2026 la suma de 281.76 $, el día 8-4-2026, la suma de 281,76 $, el día 28-4-2026 la suma de 281,76$ y el 19-5-2026 el monto de 281,76$
2.- Para la ciudadana YOLEIDA COROMOTO ARRAEZ V-9.570.975, la suma de 1.540,oo$ de la siguiente manera: en este acto 649,77 $, el día 27-2-2026 la suma de 178,05 $, el día 19-3-2026 la suma de 178,05 $, el día 8-4-2026, la suma de 178,05 $, el día 28-4-2026 la suma de 178,05 $ y el 19-5-2026 el monto de 178,05 $
3- Para la ciudadana, ANGELA ROSIO ACEROS JIMENEZ, V-15.567.967 la suma de 1.190,oo $ de la siguiente manera: en este acto 489,03 $, el día 27-2-2026 la suma de 140,19 $, el día 19-3-2026 la suma de 140,19 $, el día 8-4-2026, la suma de 1740,19 $, el día 28-4-2026 la suma de 140,19 $ y el 19-5-2026 el monto de 140,19 $
Todos los pagos son en la sede del Tribunal a las 12:00 del mediodía. La parte actora por su lado acepta la propuesta formulada y declara que una vez cumplida la totalidad de la obligación contraida no tiene nada más quwe reclmar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado lo HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas

La Parte Actora La Parte Demandada,

LA Secretaria,