REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
ASUNTO: SP01-L-2025-000257
PARTE ACTORA: PABLO ANTONIO CHACÓN CHACÓN y DEIVYS CIPRIANO GARCÍA RUEDA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.152.802 y V-14.975.578, en su orden
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: LILIANA DEL VALLE DUQUE ROSALES, con cédula de identidad número V-9.346.103, con Inpreabogado Nro. 66.914
PARTE DEMANDADA: JOHAN DONALDO LEÓN ROMERO y MAGDALA KAMALA ROJAS BRICEÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.145.054 y V-14.932.071, en su orden
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES
En el día hábil de hoy, Cinco (05) de febrero de 2026, siendo las 9 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparece por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la coapoderada de la parte demandante LILIANA DEL VALLE DUQUE ROSALES, con cédula de identidad número V-9.346.103, con Inpreabogado Nro. 66.914, tal como consta en poder apud acta de fecha 03 de febrero de 2026, que se encuentra agregado en los folios 25 y 26 del expediente, se deja constancia que la parte demandada los ciudadanos JOHAN DONALDO LEÓN ROMERO y MAGDALA KAMALA ROJAS BRICEÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.145.054 y V-14.932.071, en su orden, no comparecieron a la realización de dicha audiencia, ni por sí, ni por medio de apoderado alguno. La apoderada de la parte demandante LILIANA DEL VALLE DUQUE ROSALES, con cédula de identidad número V-9.346.103, con Inpreabogado Nro. 66.914, solicitó el derecho de palabra, y expuso: “Desisto del presente procedimiento, y me reservo el derecho de volver a intentar la presente demanda.” Es todo. Vista la declaración de la parte actora este Tribunal, considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por los ciudadanos PABLO ANTONIO CHACÓN CHACÓN y DEIVYS CIPRIANO GARCÍA RUEDA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.152.802 y V-14.975.578, en su orden, contra los ciudadanos JOHAN DONALDO LEÓN ROMERO y MAGDALA KAMALA ROJAS BRICEÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.145.054 y V-14.932.071 en su orden, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
LA JUEZ,
ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO
LA SECRETARIA
ABOG. ANA MARIA OMAÑA ESCALONA
La Presente,
APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE:
LILIANA DEL VALLE DUQUE ROSALES
|