JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, 25 de febrero del 2026.

215° y 166°

Visto la diligencia de fecha 10 de febrero de 2026, suscrita por la abogada KARELY ZULAY VIVAS BUSTAMANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 305.950, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual informa que cumplió con sus obligaciones al pago correspondiente, y por cuanto manifiestan que no hay mas nada que reclamar, solicita se levante la medida y se ordene el archivo. Este Órgano Jurisdiccional ordena LEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un Lote de terreno, propiedad de la Sociedad Mercantil “CONSTRUCTORA PERALTA C.A”, que fue decretada en fecha 30 de junio de 2017, con oficio N° 525. En consecuencia se acuerda librar oficio para el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal del estado Táchira. Líbrese oficio.


Abg. Johanna Lisbeth Quevedo Poveda
La Juez Provisorio


Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico.
Secretario

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, librándose Oficio N° 085 para el Registro respectivo.


Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico.
Secretario.

Exp. Nº 9024