TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TÁRIBA, 12 DE ENERO DE 2026.-

215° y 166°

Recibido constante de Cinco (05) folios útiles, con recaudos en cuarenta (40) folios útiles, la solicitud de PARTICION y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por los ciudadanos: LUIS DANIEL MONTOYA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.149.884, Y RITA ISABEL CASANOVA ZAMBRANO, venezolana mayor de edad, divorciada, comerciante con cedula de identidad N° V-11.497.798 residenciada en Estados Unidos de América representada en este acto por el ciudadano FRANKLIN ANTONIO MORENO LABRADOR, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-10.151.107, según consta en poderdebidamente protocolizadorespectivamente, de este domicilio y hábiles, asistidos por EL abogadoNESTOR DARIO VELAZCO CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.246.510, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.709, en tal virtud se observa que las partes declararon que han acordado, de manera unánime, libre y voluntaria la presente PARTICION y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE LOS BIENES HABIDOS EN LA COMUNIDAD DE GANANCIALES, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 768 y 770 del Código Civil y 788 del Código Civil, sobre bienes muebles e inmuebles que constituimos durante el transcurso del matrimonio que tuvieron y que ha sido disuelto judicialmente mediante sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Ejecución de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la circunscripción judicial del Estado Táchira en fecha 25deenero de 2011.
Ahora bien, señalan en el escrito de partición amistosa presentado por ambas partes, lo siguiente:
“PRIMERO; Durante la Comunidad de Gananciales se Aquirio un inmueble consistente en un lote de terreno propio ubicado en el sector de Llano de la Cruz de la Ciudad de Cordero, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira con un ares de diez metros (10.00 Ms.) de trente por veinte metros (20,00 Mts.) de fondo o sea Doscientos Metros Cuadrados (200 Mts2), con los siguientes Iinderos y medidas NORTE Con la Avenida Cristóbal Mendoza mide Diez metros (10.00 Mts SUR: Con propiedades 1que son o fueron de José Dely Depablos mide Diez Metros (10,00 Mis): ESTE: Propiedades de Fidel Pernia mide veinte metros (20,00 Mts.); y OESTE: Con la calle 11, mide veinte metros (20,00 Mts.); adquirido dicho terreno conforme al documento protocolizado en la Oficina de Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira anotado bajo el N° 14, folios 37 y 38, protocolo primero, tomo 9, segundo trimestre de fecha 25 de abril de 1994; dicho Inmueble fue adquirido por el Ciudadano LUIS DANIEL MONTOYA SANCHEZ antes identificado, en soltería sin embargo allí se construyó unas mejoras conjuntamente con su cónyuge RITA ISABEL CASANOVA ZAMBRANO, antes identificada, consistentes en una case para habitación en tres (3) plantas distribuidas así: Primera Planta con acceso a la calle 19 y por la Avenida Cristóbal Mendoza consistente en in local Comercial, Un (1) Garaje, Un (1) Baño revestido con cerámica de primera, Un (1) Tanque Subterráneo de agua de siete militros (7.000,00 Lts.); con columnas y fundaciones de cabilla y concreto, de Veinte Centímetros (20,00 cm) de diámetro; techos de loza vaciada, paredes de bloque en friso liso pisos de cemento pulido con sus correspondientes servicios de luz de 220 KW, agua y demás anexidades en forma empotrada con sus conexiones al área externa de la casa, portones de hierro uno es eléctrico y con rejas, ventanas metálicas con rejas de seguridad con un área de construcción de Ciento Sesenta y Siete Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros Cuadrados (167,50 Mts2); Segunda Planta: Con escalera de acceso a la calle 19, consistente en Apartamento distribuido en una (1) Sala de recibo, Un (1) estudio y una (1) habitación principal con baño revestido en cerámica, con puertas de ducha en vidrio templado y aluminio; con closet en madera de pardilo, dos (2) habitaciones con baño revestidos en cerámica con puertas en vidrio templado y aluminio con closet en madera de pardilo, Una habitación auxiliar, un baño auxiliar, un balcón con cierres de aluminio y vidrio, Una cocina empotrada con topes de granito, un comedor con columnas y fundaciones de cabilla y concreto, de Veinte Centímetros (20.00 cm) de diámetro, techos de loza de concreto y teja en parte y en parte de loza vaciada, paredes en bloque y friso liso, pisos en cerámica con sus correspondientes servicios de luz, agua y demás anexidades en forma empotrada con sus conexiones al área externa de la casa, puertas de madera, ventanas panorámicas en aluminio y vidrio, escalera con cerámica y con pasamanos de madera y de hierro forjado, con un área de construcción de Ciento Ochenta y Dos Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros Cuadrados (182,50 Mts2). Tercera Planta: Consistente en área de servicios, puntos de lavadora, secadora, calentador, lavadero de concreto revestido en cerámica, Una (1) habitación, Un (1) baño revestido con cerámica, pisos de cerámica, ventanas panorámicas de aluminio y vidrio, techo de machimbre y teja, con un área de construcción de cuarenta y siete Metros Cuadrados con Treinta Centímetros Cuadrados (47.30 Mts2); Los linderos y medias actuales son: NORTE Con la Avenida Cristóbal Mendoza mide Diez metros (10,00 Mts) SUR: Con propiedades que fueron de José Dely Depablos hoy de Carlos Eduardo castro Valderrama mide Diez Metros (10,00 Mts): ESTE Propiedades que fueron de Fidel Pernia hoy de Rosa Aurora Rosales mide veinte metros (20,00 Mts.), y OESTE Con la calle 19,mide veinte metros (20,00 Mts); las mejoras fueron debidamente protocolizadas conforme al documento registradorTRES (03)(2 en la Oficina de Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello do Estado Táchira anotado bajo el N° 25, folios 139, tomo 24, del protocolo de transcripción del año 2016, de fecha 26 de julio de 2016 SEGUNDO Un lote de terreno ubicado en la calle 10 y entrada del sector los Pinos de la Ciudad de Cordera, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, con un área de Trescientos Setenta y Cinco Metros Cuadrados con quince centímetros cuadrados (375.15 Mts2); con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con propiedades de la Sucesión de Miguel Montoya mide dieciocho metros con Treinta Centímetros (18,30 Mts), SUR: Quebrada la Guarapa mide dieciocho metros con treinta centímetros (18,30 Mts): ESTE Con propiedades que son o fueron en parte de Carlos Alfonso Velazco Chacón y en parte de Néstor Dario Velazco Chacón mide veintiséis metros con sesenta centímetros (26,60 Mts), y OESTE con la calle 10 mide veinticuatro metros con cuarenta metros (26,40 Mts) Sobre dicho terreno hay construidas una mejoras consistente en fundaciones de hierro y concreto, pisos de cemento pulido y cerámica, paredes en bloque frisado, techos de platabanda entre pisos, con los siguientes ambientes. Tres (3) plantas la Primera Planta consta de Local Comercial. El Lote de terreno adquirido por documento protocolizado en la oficina de Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira anotado bajo el N° 35, tomo 36, folios 174 al 177, protocolo primero, segundo trimestre de fecha 10 de junio de 2008. TERCERO: Un lote de terreno propio ubicado en la cale 10 y entrada del sector los Pinos de la Ciudad de Cordero, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, con un área de Doscientos Cuarenta y Siete Metros Cuadrados con Dos centímetros (247,02 Mis2); con los siguientes linderos y medidas: NORTE; Con propiedades de la Sucesión de Miguel Montoya mide diecisiete metros con noventa centímetros (17,50 Mts): SUR: Con propiedades de Liis Daniel Montoya Sánchez, mide diecisiete metros con noventa centímetros (17,90 Mts), ESTE: Con propiedades que son o fueron en parte de Jairo Velazco Chacón y en parte da NéstorDarío Velazco Chacón mide trece metros con ochenta centímetros (13,80 Mts); y OESTE con la calle 10 mide trece metros con ochenta centímetros. (13,60 Mts), Sobre dicho terreno hay construidas una mejoras consistente en fundaciones de hierro y concreto, pisos de cemento rustico en construcción inconcusa; Queda plenamente establecido que el inmueble descrito fue adquirido por LUIS DANIEL MONTOYA SANCHEZ, antes identificado es su estado civil de divorciado, sin embargo a los efectos de aclarar cualquier situación se incluye en esta partición, descrito los inmuebles procedemos a realizar las siguientes adjudicaciones PRIMERA ADJUDICACIÓN Se le adjudica en plena propiedad, posesión y dominio a la Ciudadana RITA ISABEL CASANOVAZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, divorciada, comerciante, con cedula de identidad Nº V.- 11.497.798, de este domicilio y hábil, una casa para habitación en tres (3) plantas distribuidas así: Primera Planta con acceso a la calle 19 y por la Avenida Cristóbal Mendoza consistente en in local Comercial, Un (1) Garaje, Un (1) Baño revestido con cerámica de primera, Un (1) Tanque Subterráneo de agua de siete mil litros (7.000,00 Lts), con columnas y fundaciones de Cabilla y concreto, de Veinte Centímetros (20,00 cm) de diámetro, lechos de loza vaciada, paredes de bloque en friso liso pisos de cemento pulido con sus correspondientes servicios de luz de 220 KW, agua y demásanexidades en forma empotrada con sus conexiones al área externa de la casa, portones de hierro uno es eléctrico y con rejas, ventanas metálicas con rejas de seguridad con un área de construcción de Ciento Sesenta y Siete Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros Cuadrados (167,50 Mts2); Segunda Planta: Con escalera de acceso a la calle 19, consistente en Apartamento distribuido en una (1) Sala de recibo, Un (1) estudio y una (1) habitación principal con baño revestido en cerámica, con puertas de ducha en vidrio templado y aluminio, con closet en madera de pandillo, dos (2) habitaciones con baño revestidos en cerámica con puertas en vidrio templado y aluminio con closet en madera de pardillo, Una habitación auxiliar, un baño auxiliar, un balcón con ciernes de aluminio y vidrio, Una cocina empotrada con topes de granito, un comedor con columnas y fundaciones de cabilla y concreto, de Veinte Centímetros (20,00 cm) de diámetro, techos de loza de concreto y teja en parte y en parte de loza vaciada, paredes en bloque y triso liso, pisos en cerámica con sus correspondientes servicios de luz, agua y demás anexidades en forma empotrada con sus conexiones al área externa de la casa, puertas de madera, ventanas panorámicas en aluminio y vidrio, escalera con cerámica y con pasamanos de madera y de hierro forjado, con un área de construcción de Ciento Ochenta y Dos Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros Cuadrados (182.50 Mrx2). Tercera Planta; Consistente en área de servicios, puntos de lavadora, secadora, calentador, lavadero de concreto revestido en cerámica. Una (1) habitación, Un (1) baño revestido con cerámica, pisos de cerámica, ventanas panorámicas de aluminio y vidrio, techo de machimbre y teja, con un área de construcción de cuarenta y siete Metros Cuadrados con Treinta Centímetros Cuadrados (47,30 Mts2); Los linderos y medias actuales son: NORTE Con la Avenida Cristóbal Mendoza mide Diez metros (10,00 Mis) SUR: Con propiedades que fueron de José Dely Depablos hoy de Carlos Eduardo Castro Valderrama mide Diez Metros (10,00 Mts): ESTE: Propiedades que fueron de Fidel Pernia hoy de Rosa Aurora Rosales mide veinte metros (20,00 Mts), y OESTE Con la calle 19mide veinte metros (20,00 M), SEGUNDA ADJUDICACION Se le adjudica en plena propiedad posesión y dominio al Ciudadano LUIS DANIEL MONTOYA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, comerciante, con cédula de identidad N" V.- 10.149.884, el Inmueble descrito como segundo consistente en Un lote de terreno ubicado en la calle 10 y entrada del sector los Pinos de la Ciudad de Cordero, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, con un área de Trescientos Setenta y Cinco Metros Cuadrados con quince centímetros cuadrados (375,15 Mts2); con los siguientes linderos y medidas NORTE: Con propiedades de la Sucesión de Miguel Montoya mide dieciocho metros con Treinta Centímetros (18,30 Mis), SUR Quebrada la Guarapa mide dieciocho metros con treinta centímetros (18,30 Mts): ESTE Con propiedades que son o fueron en parto de Carlos Alfonso Velazco Chacón y en parte de NéstorDarío Velazco Chacón mide veintiséis metros con sesenta centímetros (26,60 Mts), y OESTE con la calle 10 mide veinticuatro metros con cuarenta metros (26,40 Mis) Sobre dicho terreno hay construidas una mejoras consistente en fundaciones de hierro y concreto, pisos de cernento pulido y cerámica, paredes en bloque frisado, techos de platabanda entre pisos, con los siguientes ambientes Tres (3) plantas la Primera Planta consta de Local Comercial en varios ambientes TERCERA ADJUDICACION Seadjudica en plena propiedad posesión y dominio al Ciudadano LUIS DANIEL MONTOYA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, comerciante, con cedula de identidad Nº V. 10.149.884, el inmueble descrito como tercero, consistente en un lote de terreno propio ubicado en la calle 10 y entrada del sector los Pinos de la Ciudad de Cordero, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, con un área de Doscientos Cuarenta y Siete Metros Cuadrados con Dos centímetros (247,02 Mts2); con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con propiedades de la Sucesión de Miguel Montoya mide diecisiete metros con noventa centímetros (17,90 Mts): SUR: Con propiedades de Luis Daniel Montoya Sánchez, mide diecisiete metros con noventa centímetros (17.90 Mts): ESTE: Con propiedades que son o fueron en parte de Jairo Velazco Chacón y en parte de NéstorDarío Velazco Chacón mide trece metros con ochenta centímetros (13,80 Mts): y OESTE: con la calle 10 mide trece metros con ochenta centímetros (13,80 Mts); Sobre dicho terreno hay construidas una mejoras consistente en fundaciones de hierro y concreto, pisos de cemento rustico en construcción inconclusa. Por cuanto no hay más bienes que puedan formar parte de la comunidad de gananciales bien muebles o inmuebles la parte acuerdan que nada se deben por concepto alguno y que queda disuelta la comunidad de gananciales o cualquier otra obligación por efecto de comunidad concubinaria que hubiese podido existir posterior a la sentencia de divorcio existente entre ambos, De esta forma queda liquidada la comunidad de gananciales sin que más nada tengan las partes que reclamarse.”



Así las cosas, es necesario traer a colación lo dispuesto en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, en el cual expresó:


Artículo 788.- Lo dispuesto en este Capítulo no coarta el derecho que tienen los interesados para practicar amigablemente la partición; pero si entre los interesados hubiere menores, entredichos o inhabilitados, será necesaria la aprobación del Tribunal competente, según el Código Civil y las leyes especiales.

De la norma trascrita se evidencia que no se coarta el derecho que tienen los interesados para practicar amigablemente la partición.
Se puede observar que ambas partes de manera voluntaria acudieron a este Juzgado a los fines de que sea homologado la partición celebrada por ellos, y por cuanto el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, no coarta el derecho que tienen para practicar la partición amigablemente, y por cuanto fue demostrada y verificada la propiedad de los bienes objeto de la partición amistosa, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNCIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACION a la PARTICION y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE LOS BIENES HABIDOS EN LA COMUNIDAD DE GANANCIALES, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 768 y 770 del Código Civil y 788 del Código Civil, SE DEJA SALVO TODO DERECHO DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba, a los 12 días del mes de enero de 2026. Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.


Abg. CRISTINA GRACIELA MUÑOZ CACERES
JUEZ PROVISORIA




Abg. ANAMILENA ROSALES
SECRETARIA

En la misma fecha se publico la anterior decisión, quedando registrada bajo el N° ______ se dejo copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. ANAMILENA ROSALES
SECRETARIA

Solicitud Nº 9465-2023
CM/Ar/ic.-