REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de 1ra. Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente del estado Táchira

San Cristóbal, 26 de Enero de 2026
AÑOS: 215º y 166º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-D-2025-000484
ASUNTO : SP21-D-2025-000484

Revisados como han sido los recaudos presentados por las Defensoras Privadas Abogadas Milagros del Valle García Martínez y Eliana Fernández, de los ciudadanos H.LL.V, K.C.E.R., E.C.G.S y L.E.G.P., ofrecidos como fiadores personales del adolescente D.S.I.T. (IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 LOPNNA), a quien se le sigue la causa penal SP21-D-2025-000484, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto en el artículo 409 del Código Penal, este Tribunal encontrándose dentro del lapso legal correspondiente para decidir previamente observa:
Riela agregada Registro de información fiscal vigente del ciudadano H.V.
Riela agregada constancia de trabajo del ciudadano H.V, emitida por la empresa Publicidad Y., en la cual se evidencia que el mismo labora como prensista devengando un salario mensual de ciento veinte mil bolívares mensuales más comisión.
Riela agregada constancia de residencia del ciudadano H,V, emitida por el C.C.U. por la lucha en la cual se evidencia que el mismo reside en el (DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY)
Riela agregada copia de la cedula de identidad de la ciudadana K.C.E.R..-
Riela agregada Registro de información fiscal vigente de la ciudadana K.C.E.R.
Riela agregada constancia de residencia de la ciudadana K.C.E.R., emitida por el CCU por la lucha en la cual se evidencia que la misma reside en el (DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY)
Riela agregada constancia de trabajo de la ciudadana K.C.E.R., emitida por la empresa Publicidad Y., en la cual se evidencia que labora como diseñadora Grafica y devenga un salario mensual de noventa mil bolívares mensuales más comisión.
Riela agregada copia de la cedula de identidad del ciudadano G.A.B.Z.-
Riela agregada Registro de información fiscal vigente del ciudadano G.A.B.Z, en el cual se evidencia que el mismo tiene su domicilio (DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY)
Riela agregada a la causa, constancia de trabajo del ciudadano G.A.B.Z, emitida por la empresa C.V, en la cual se evidencia que el mismo labora como comunity manager devengando un salario mensual de cuatrocientos dólares anclados al tipo de cambio oficial.
Riela agregada a las actas constancia de residencia del ciudadano G.A.B.Z., emitida por la (DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY)
Riela agregada copia de la cedula de identidad del ciudadano L.E.G.P..-
Riela agregado Registro de información fiscal vigente del ciudadano L.E.G.P.
Riela agregada constancia de residencia del ciudadano L.E.G.P, emitida por el C.C.L.Q. en la cual se evidencia que el mismo reside en (DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY)
Riela agregada copia de declaración de impuesto sobre la renta del ciudadano L.E.G.P, correspondiente al año 2024.-
Riela agregado copia del registro mercantil “I.D.S.”, propiedad del ciudadano L.E.G.P.-
Riela agregado oficio N° J-414-2025, suscrito por la Jueza abogada EDIT CAROLINA SANCHEZ ROCHE, mediante el cual informa que las ciudadanas H.LL.V., K.C.E.R., y L.E.G.P.- no han sido fiadoras ante ese Tribunal de adolescente alguno.-
Riela agregado oficio N° 2C-1236-2025, suscrito por la Jueza abogada GETSY CARINA GARCIA CARDENAS, mediante el cual informa que las ciudadanas H.LL.V., K.C.E.R., y L.E.G.P.- no han sido fiadoras ante ese Tribunal de adolescente alguno.-
Riela agregada oficio N° 9700-0321-9310, de verificación ante el Sistema de información e investigación policial de los ciudadanos H.LL.V., K.C.E.R., y L.E.G.P., en la cual indican que los mismos no presentan registro policial alguno.-
Riela agregado oficio N° 1C-815-2025, suscrito por la Jueza abogada LAURA SUGEY MEDINA OMAÑA, mediante el cual informa que los ciudadanos H.LL.V., K.C.E.R., y L.E.G.P.-.-
Riela agregado oficio N° ALG-210-2025, suscrito por el Jefe de alguacilazgo, mediante el cual informa que la verificación de la dirección del ciudadano L.E.G.P. fue positiva.-
Riela agregado oficio N° ALG-211-2025, suscrito por el Jefe de alguacilazgo, mediante el cual informa que las verificaciones de las direcciones de las ciudadanas H.LL.V. y K.C.E.R. resultaron positivas.-
Riela agregado oficio N° 1C-823-2025, suscrito por la Jueza abogada LAURA SUGEY MEDINA OMAÑA, mediante el cual informa que la ciudadana E.C.G.S. no han sido fiadoras ante ese Tribunal de adolescente alguno.-
Riela agregado oficio N° ALG-213-2025, suscrito por el Jefe de alguacilazgo, mediante el cual informa que las verificaciones de la dirección laboral I.L.P resulto positiva.-
Riela agregado oficio N° 2C-1240-2025, suscrito por la Jueza abogada GETSY CARINA GARCIA CARDENAS, mediante el cual informa que la ciudadana E.C.G.S., no ha sido fiadora ante ese Tribunal de adolescente alguno.
Riela agregado oficio N° ALG-212-2025, suscrito por el Jefe de alguacilazgo, mediante el cual informa que la verificación de la dirección de la ciudadana E.C.G.S. resulto positiva.-
Riela agregado escrito de la Defensora Privada Eliana Lucia Fernández Peñaloza mediante el cual consigna copia de registro mercantil en el cual el ciudadano L.G., realizo cambio de dirección de la firma personal de su propiedad.
Riela agregado oficio N° J-416-2025, suscrito por la Jueza abogada EDIT CAROLINA SANCHEZ ROCHE, mediante el cual informa que la ciudadana E.C.G.S., no ha sido fiadora ante ese Tribunal de adolescente alguno.
Riela agregada oficio N° 9700-0321-0091, de verificación ante el Sistema de información e investigación policial mediante el cual informa que la ciudadana E.C.G.S., no presentan registro policial alguno.-
Riela agregado escrito de la Defensora Privada Eliana Lucia Fernández Peñaloza mediante el cual consignan declaraciones de impuestos sobre la renta de los ciudadanos H.LL.V, K.C.E.R. y E.C.G.S.
Riela agregada DECLARACION DE IMPUESTO de fecha 15 de enero de 2026 de la ciudadana E.C.G.S.-
Riela agregada DECLARACION DE IMPUESTO de fecha 15 de enero de 2026 de la ciudadana K.C.E.R.-
Riela a la causa DECLARACION DE IMPUESTO de fecha 15 de enero de 2026 de la ciudadana H.LL.V.
En virtud de lo anteriormente expuesto y habiendo sido verificados los recaudos solicitados por este Tribunal; es por lo que, ACEPTA a los ciudadanos H.LL.V, (DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY); KC.E.R., (DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY); E.C.G.S., DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY); y L.S.G.P., (DEMAS DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY); como fiadores personales del adolescente D.S.I.T., en virtud que las mismas reúne los requisitos exigidos en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a la reconocida buena conducta y moral, y así se decide.-
Por consiguiente, se insta a la Defensa a que consigne nuevos recaudos de fiadores en la presente causa; y así se decide. Notifíquese a las partes.