REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 13 de agosto de 2026.

216º y 167º
PARTE DEMANDANTE: ELDA MARIA OSORIO BOHORQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.147.452 y el ciudadano HERNAN JOSE MEDINA GARCIA, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-84.408.362.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: LYNDA MILAGROS VIVAS HADGIALY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.947.
PARTE DEMANDADA: MAYLEN ALEXANDRA MENDEZ CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.777.181; JOSE GREGORIO MENDEZ CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.777.196; JESUS DAVID MENDEZ CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.069.276; DORIS ELENA MENDEZ CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.211.377; CARLOS DANIEL MENDEZ CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.069.277 y ROLANDO ERASMO MARQUEZ AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.987.949.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
EXPEDIENTE: N° 9185-2026

Vista la diligencia de fecha 12 de Agosto de 2026, que corre inserta en el folio veintisiete (27) del presente expediente, suscrita por la abogada LYNDA MILAGROS VIVAS HADGIALY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.947, actuando como apoderada judicial de los ciudadanos ELDA MARIA OSORIO BOHORQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.147.452 y el ciudadano HERNAN JOSE MEDINA GARCIA, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-84.408.362, mediante la cual DESISTE de la presente causa, en tal virtud, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Así mismo, Igualmente, por cuanto la apoderada judicial de la parte demandante solicitó el desglose del documento que riela al folio 09, este Tribunal por cuanto dicha petición no es contraria a derecho, a tenor de lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda el desglose del folio 09 con su vuelto, dejándose en su lugar copia fotostática certificada, lo cual se hará efectivo una vez la parte actora suministre el costo de los fotostatos. Para la realización de la misma se autoriza a un funcionario adscrito a este Tribunal.
Igualmente, una vez conste en autos el recibido del documento objeto de la presente acción, este tribunal ORDENA EL ARCHIVO de la causa. FORMESE LEGAJO.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada por secretaría del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el Edificio Nacional de la ciudad de San Cristóbal, a los trece (13) días del mes de agosto de 2026.

LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. MARGELIS CONTRERAS FUENMAYOR
LA SECRETARIA,

ABG. BLANCA LORENA CONTRERAS PARRA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 10:00 a.m., y se dejó copia certificada bajo el N° 159 para el archivo del Tribunal.

ABG. BLANCA LORENA CONTRERAS PARRA / SECRETARIA

Exp. Nº 9185-2026
MCF/ ea
Va sin enmienda