REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. LA FRÍA MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISEIS (2026).
215º Y 167º
SOLICITUD N° 2370-2026.
Vista la solicitud a la cual se contraen las presentes actuaciones, recibida en este despacho en fecha 17 de abril de 2026, constante de dieciséis (16) folios útiles, suscrita por los ciudadanos JOSE MARCELO DELGADO DELGADO, JOSE JOAQUIN SANCHEZ y JHONATAN ALONSO CONTRERAS GARCIA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédula de identidad números V- 5.647.936, V- 8.093.912 y V- 27.566.449, domiciliados en La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, teléfonos 0424-7444876, 0424-1750096, correos electrónicos jomadede54@gmail.com, contrerasjhonatan1998@gmail.com, de este domicilio; debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio DORIS YANETH PERDOMO MORENO, venezolana, titular de la cédula de -identidad número V- 9.700.036, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.759, teléfono 0414-7384698, correo electrónico dorisyanethperdomo@gmail.com; conforme a lo cual solicitan se declare la legalidad del Negocio Jurídico celebrado por ellos en Documento Privado, y se HOMOLOGUE el mismo, el cual anexaron a la solicitud y que textualmente dice:
“…Nosotros, JOSE MARCELO DELGADO DELGADO, JOSE JOAQUIN SANCHEZ, Venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cedulas de identidad Nros: V-5.647.936 y V-8.093.912, domiciliados en la Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira y capaces, actuando con el carácter de Presidente y Tesorero en su orden, de la ASOCIACION CIVIL “LA SAGRADA FAMILIA”, con RIF N°: J-29777518-8, de este domicilio, inscrita por ante el Registro Público del Municipio García de Hevia del Estado Táchira en fecha19/06/2009,bajo el N°: 9, Folio: 38, Tomo: 8, del Protocolo de Transcripción del año 2009 y acta de Asamblea extraordinaria de fecha 11/08/2010, por acta inscrita bajo el N°: 38, Folio: 123, Tomo: 5 del Protocolo de Transcripción del año 2010, ampliamente facultados tal y como consta en el literal “a” del Articulo Décimo Octavo, de la referida acta.- Y acta de actualización de Nombramiento de la Junta Directiva de fecha 13/02/2026,bajo el N°:27, Folios: 22, Tomo: 1 del Protocolo de Transcripción del año 2026; A través del presente documento privado pero que puede hacerse público previa la verificación legal de sus firmas declaramos: Damos en venta pura y simple, perfecta e irrevocable al ciudadano: JHONATAN ALONSO CONTRERAS GARCIA, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N°: V-27.566.449, domiciliado en la Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira y capaz, Un LOTE DE TERRENO, ubicado en el Barrio Las Delicias, Parte Baja, Vía que conduce al Sector El Arrecoston, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira.- SIGNADO CON EL N°: 228, Siendo sus linderos y medidas : NORTE: Mide 10,00 metros, con terrenos que son o fueron de la Asociación Civil La Sagrada Familia; SUR: Mide 10,00 metros, con transversal 8 en proyecto; ESTE: Mide 20,00 metros, con terrenos que son o fueron de la Asociación Civil La Sagrada Familia y OESTE: Mide 20,00 metros, con terrenos que son o fueron de la Asociación Civil La Sagrada Familia.- Todo en un área de 200,00 metros cuadrados, tal y como consta en levantamiento Topográfico que acompañamos al presente documento.- El Bien inmueble objeto de la VENTA pertenece a nuestra representada tal y como consta en documentos inscritos por ante la Oficina de Registro Público del Municipio García de Hevia, Estado Táchira de fecha 30/12/2009, bajo el Nº: 2009.2399, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Nº: 431.18.11.1.1010, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009.- bajo el Nº: 2009.2400, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Nº: 431.18.11.1.1011, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009.- Y documentos de Lotificación de fecha 29/01/2018, bajo el Nº: 2009.2399, Asiento Registral 2 del Inmueble Matriculado con el Nº: 431.18.11.1.1010, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009.- bajo el Nº: 2009.2400, Asiento Registral 2 del Inmueble Matriculado con el Nº: 431.18.11.1.1011, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009.- El precio de la venta es por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES ( 120.000,00 Bs. ), los cuales fueron pagados con cheque girado contra el Banco del TESORO, cuenta Nº: 0163-0332-14-3323000566, signado con el Nº: 64000020 de fecha 02/03/2026, motivo por el cual le traspasamos la plena propiedad, posesión y dominio sobre lo aquí descrito y vendido obligándonos al saneamiento de ley.- Y yo, JHONATAN ALONSO CONTRERAS GARCIA, en mi carácter de comprador, anteriormente identificado manifiesto que acepto la presente venta por ser seria y cierta. Así lo decimos y firmamos en fecha 02 de Marzo de 2026... Firmas ilegibles…”.
Este Tribunal en fecha 20 de abril de 2026, admitió la presente Solicitud bajo el Expediente N° 2370-2026 y acordó tramitarla en auto por separado.
Las partes alegan que, a los fines de garantizar los derechos que poseen, descritos amplia y suficientemente en el documento privado anexo a los autos, requieren darle legalidad a la contratación celebrada entre ellos y en consecuencia, se proceda a la HOMOLOGACIÓN de la misma; manifiestan las peticionarias que las firmas que suscriben el documento privado anexo, son sus firmas y que el contenido del mismo es cierto.
Las partes consignaron los siguientes documentos: 1.- Documento Privado, suscrito por ellos en fecha 02 de marzo de 2026. 2.- Copias fotostáticas de sus cédulas de identidad. 3.- Copia fotostática de cheque girado contra el Banco del TESORO, cuenta Nº: 0163-0332-14-3323000566, signado con el Nº: 64000020 de fecha 02/03/2026. 4.- Copia simple de Acta de Asamblea inscrita por ante la Oficina de Registro público del Municipio García de Hevia del Estado Táchira, en fecha 13 de febrero de 2026, bajo el N° 27, folio 122, Tomo 1, del protocolo de transcripción del año 2026. 5.- Copia simple del RIF J297775188, perteneciente a la Asociación civil Sagrada Familia. 6.- Copia simple de documentos de Lotificación de fecha 29/01/2018, bajo el Nº: 2009.2399, Asiento Registral 2 del Inmueble Matriculado con el Nº: 431.18.11.1.1010, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009; y bajo el Nº: 2009.2400, Asiento Registral 2 del Inmueble Matriculado con el Nº: 431.18.11.1.1011, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009. 5.- Copia simple de plano topográfico. 7.- Copia simple de plano topográfico. 8.- Copia simple de la Cedula Catastral N° 00355, Expediente N° 7521, de fecha 08-04-26, expedida por la Alcaldía del Municipio García de Hevia del Estado Táchira. 9.- Copia simple de la Solvencia Municipal N° 00349, de fecha 08 de abril de 2026, expedida por la Alcaldía del Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
A los documentos señalados anteriormente, este Juzgado les otorga pleno valor probatorio, ello de conformidad a lo señalado por los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
Este Tribunal, vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud, los documentos presentados y vista la manifestación de las partes, la cual es inequívoca, pues de sus declaraciones queda evidenciado la intención del negocio jurídico plasmado en el documento privado que corre al folio cinco y su vuelto (5 y vto) de la presente causa, suscrito en fecha 02 de marzo de 2026; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA LA LEGALIDAD Y VALIDEZ DEL NEGOCIO JURÍDICO celebrado por los ciudadanos JOSE MARCELO DELGADO DELGADO, JOSE JOAQUIN SANCHEZ y JHONATAN ALONSO CONTRERAS GARCIA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédula de identidad números V- 5.647.936, V- 8.093.912 y V- 27.566.449, pues los mismos admiten como suyas las firmas que suscriben el documento privado, así como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA Y SE LE OTORGA FUERZA DE LEY a la negociación descrita en el mismo. Así se decide, siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.), del día de hoy miércoles veintidós (22) de abril de dos mil veintiséis (2026). SE DEJAN A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Se ordena el desglose del documento original que riela al folio cinco y su vuelto (5 y vto) de la presente solicitud y entréguese a las partes, déjese en su lugar copia certificada del mismo. Expídase copia certificada de la presente sentencia y agréguese al documento desglosado; así mismo expídase copia certificada de la sentencia para el archivo del tribunal. Se ordena el archivo de la presente solicitud.
El Juez de Municipio Secretaria del Tribunal
Abg. Rafael M, Nieto R. Abg. Trineima Y, Padilla C.
Quien suscribe, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. CERTIFICA: La exactitud de la anterior SENTENCIA DEFINITIVA, tomada de la solicitud número 2370-2026. En La Fría, hoy miércoles veintidós (22) de abril de dos mil veintiséis (2026).
Secretaria del Tribunal
ABG. TRINEIMA Y. PADILLA CONTRERAS
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