JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 17 de Abril del 2026
215° y 166°
En atención a la diligencia presentada en fecha 03 de febrero del 2026, suscrito por el ciudadano CARLOS RAMON ZAMBRANO RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 5.642.160, Asistido por el Abogado, Marcelino Sánchez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.082 parte demandante, y FLORINDA VARELA PEREIRA, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 4.629.287 parte demandada, asistida por el abogado Cesar Josué Ochoa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 118.910, relacionado con el DESISTIMIENTO que se hace del actual procedimiento.
En tal virtud, la ciudadana Juez de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil DA POR CONSUMADO EL ACTO y HOMOLOGA EL ACTO DE DESISTIMIENTO, y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Por cuanto no hay más actuaciones pendientes por realizar, se ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE.
Abg. Johanna Lisbeth Quevedo Poveda
Juez Provisoria
Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico
Secretario
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, homologándose el acto de desistimiento.
Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico
Secretario
Exp. 10.252
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