TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Diecisiete (17) de Octubre de Dos Mil Veinticinco
214° y 166°
Visto el acto conciliatorio celebrado el día 16 de Octubre del 2025, por los ciudadanos: Sikiu Yeniree Estarita Quiroz, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.528.810, Contadora y Secretaria, Teléfono: 0424-7373834, Correo Electrónico: suky172030@gmail.com, domiciliada en la Calle 4, Casa N°7-28, tercer piso, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y Jhon Alexander Labrador Cardenas, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.420.529, de ocupación chofer, domiciliado en el Barrio Fatima, Calle 7, N°4-31, diagonal a la escuela de Danzas Estrellitas del Jáuregui, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, con domicilio laboral en el Sector El Surural, Distribuciones Los González, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, Teléfonos: 0426-8815572 y 0424-7798790 y civilmente hábiles En presencia de la ciudadano Juez las partes convinieron: PRIMERO: el progenitor Jhon Alexander Labrador Cárdenas, se compromete a pagar sesenta (60) Dolares Americanos quincenal, correspondientes BCV a Doce Mil Ochenta y Siete con Noventa y Nueve (12.087,99) Bolivares al cambio de hoy, que hará llegar a la ciudadana: Sikiu Yeniree Estarita Quiroz; SEGUNDO: el progenitor se compromete a cancelar cuarenta (40) Dolares que son Ocho Mil Cincuenta y Ocho con Sesenta y Seis (8.058,66) Bolívares, correspondiente a la mitad de unas Facturas escolares presentadas por la madre de la niña; TERCERO: El progenitor se compromete a cancelar Diez (10) Dólares a BCV, correspondiente a la Poliza Médica de la niña; CUARTO: 50% de Gastos Médicos, Escolares y Decembrinos entre ambos padres; QUINTO: El progenitor visitara y compartirá con la niña los fines de semana; Expresando su conformidad. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; Decreta la Homologación del Convenimiento efectuado por las partes y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Se imprimen dos ejemplares de esta decisión del mismo tenor y a un solo efecto para el copiador de sentencias del Tribunal.
La Juez Provisoria,


Abg. Thais Khatiuskha González Sierralta
El Secretario Accidental,

Abg. Alirio Vera.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Alirio Vera
Secretario Accidental.

EXP. N° 0832-2025
TKGS/dm.-
Diarizado N°01.-