Estando los solicitantes el pasado 19 de Febrero de 2025 en la Jornada de Tribunal Móvil dentro del marco legal y constitucional, éste Tribunal procede a llevar a efecto Acto Conciliatorio entre las partes que ha continuación se enuncian: ciudadanas: ELIANA MAYILEN LUNA DE GARCIA y BERTA ESPERANZA GUTIERREZ DE PERALTA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-19.034.110 Y V-11.107.115, respectivamente, de igual forma éste Tribunal deja constancia de la asistencia de las Lideres de Comunidad ciudadanas: SANDRA ZULAY JIMENEZ, INGRID DAYANA PARADA MEDINA, YISBET CONTRAMAESTRE DURAN, MARIA ROSA VIRGINIA VARGASSARMIENTO, YTULENNY GLORIBETH RIVERO DE CHEA Y JERLY JOHANY PEREZ CASANOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 13.302.046, V-17.646.950, V-13.944.164, V-21.342.138, V-13.938.283 y V-13.037.455, respectivamente; quienes son integrantes de la Comuna LOS ENCONTRADOS y hacen vida en la antigua casa comunal conocida como “CASIQUE GUAICAIPURO”, actualmente BASE DE MISIONES FREDDY BERNAL, ubicada en la Parroquia Bramon, Municipio Junín del Estado Táchira; de igual forma hacen presencia los ciudadanos: SHERMAN NEOMAR YANES SUAREZ y JOSE GREGORIO OSORIO VIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 12.518.862 y V- 5.519.538, respectivamente, en su condición de Delegado de la Parroquia Bramon y Vocero de Cultura del Equipo Político Municipal del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en su orden.
En este estado la Jueza apertura el acto de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en el articulo 895 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, e insta a las partes a la conciliación relacionada con las desavenencias suscitadas por el uso de los espacios de la Casa Comunal por parte de la Asociación Civil Academia de Danza Eli Dance Club de Baile, debidamente Registrada bajo el N° 20, folio 81, Tomo 9 del año 2022 por ante la Oficina de Registro Público Inmobiliario de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta del Estado Táchira, y los programas desarrollados por el INCE, Bailoterapia y la próxima puesta en funcionamiento de la Escuela de Labores, en esos mismos espacios Comunales, por lo que se da el derecho de palabra a la parte solicitante: ELIANA MAYILEN LUNA DE GARCIA, quien manifiesta entre otras cosas lo siguiente:
“…Ratifico el contenido de los escritos presentados de manera informativa a éste Tribunal en virtud de que es un sentir tanto desde mi punto de vista personal y profesional así como también para dar a conocer el sentir de los padres y representantes de quienes tienen a sus hijas en la Academia, y donde teníamos funcionando en esos espacios de la Casa Comunal Casique Guaicaipuro, ahora Base de Misiones Freddy Bernal, desde hace aproximadamente tres (03)años con el consentimiento de la Sra. Berta Gutiérrez, y donde realizamos algunas labores de pintura para adecuar el espacio, colaboramos económicamente con la poda de las áreas externas y en una oportunidad arreglamos un problema que aún existe en el baño. Siendo ahora el caso que en fecha 10 de Mayo de 2024, me solicitó la desocupación de los espacios en virtud de que iban a realizar unas reparaciones como por espacio de 15 días, para adecuar el CDI en la Casa Comunal, recomendándome a su vez que debía ir buscando otros espacios para mudarnos, quedando pendiente una reunión que nunca se dio a fin de evaluar como sería el horario para el uso de los espacios comunes de la casa comunal, llegando al punto de no permitirse el uso de los espacios para nuestros ensayos como en dos oportunidades hasta tanto se definiera la situación por cuanto habían iniciado unos cursos del INCE, por lo cual propongo: PROPUESTA UNICA: Que se llegue a un acuerdo en cuanto al uso de los espacios mediante el establecimiento de horarios y normas…”
Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Sra. BERTA GUTIERREZ DE PERALTA, identificada supra, quien es vocera del Consejo Comunal El Poblado y expone lo siguiente:
“…Hace aproximadamente tres (03) años, se le permitió el uso de los espacios de la Casa Comunal Casique Guaicaipuro, hoy Base de Misiones Freddy Bernal a la profesora LUNA para que con su Asociación Civil impartiera clases a las niñas de nuestras Comunidades donde se levantó un acta y se dejó constancia que era un préstamo de los espacios del Consejo Comunal. Sin embargo en fecha Mayo de 2024, le solicité los espacios para realizar remodelaciones lo cual fue acatado sin inconveniente alguno; sin embargo le hice del conocimiento a la profesora LUNA, que iban a iniciar unos cursos del INCE y que el espacio era pequeño; así como también que allí funcionaba la Base de Misiones Freddy Bernal lugar éste donde se van a desarrollar una serie de programas sociales en beneficio de todas las comunidades y de los niños, niñas y adolescentes que hacen vida en esos nueve (09) Consejos Comunales que conforman la Comuna Los Encontrados; así como también se le informó que sirve de centro de acopio del CLAP. Siendo así se le sugirió que alquilara un garaje por espacio de 8 a 15 días a fin de ensayar a las niñas, mientras remodelaban; quiero aclarar que aquí no hay ningún problema personal ni político con la señora LUNA, lo que observamos es que nuestros espacios son comunitarios, sin fines de lucro, a diferencia de la Academia de la Profesora LUNA, donde se cobra inscripción y matricula a las niñas, y se realizan rifas entre otras actividades para recabar fondos para sus actividades, mas sin embargo ella no colabora con la Base de Misiones en cuanto a la limpieza del lugar luego de finalizar los ensayos y tampoco con la limpieza y reparación del baño. A raíz de todo esto, se llevó la situación al partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), donde se designó una comisión para atender la situación, quienes presentaron un informe donde estaba pautado en sus recomendaciones se realizara una Conciliación con el Prefecto de Bramón ciudadano: SHERMAN YANES la cual nunca se dió, siendo el caso que se empezó a generar ciertos malestares por cuanto llegaron las maquinas de coser del INCE y el espacio se redujo más, llegando inclusive a no permitir el ingreso por razones de resguardo a los bienes allí existentes, hasta tanto se definiera la situación con la Academia de la Profesora Luna. Reitero que en ningún momento he tenido diferencias personales ni políticas con la profesora LUNA. Por lo cual propongo: PRIMERO: Que las danzas deben ser impartidas gratuitamente. SEGUNDO. Establecer un Horario consensuado por un tiempo determinado visto los demás programas y próxima puesta en funcionamiento de la Escuela de Labores. TERCERO: De ser posible que se realice la reparación del baño en cuanto a los herrajes…”.
Por lo que aclarado como fue entre las partes que no existen desavenencias personales ni políticas entre los adultos, sino solo es cuestión de organizarse y colocar normas para el uso de los espacios, se le concede el derecho de palabra al ciudadano: SHERMAN NEOMAR YANES SUAREZ, en su condición de Delegado de la parroquia Bramón e identificado supra, quien entre otras cosas expone lo siguiente:
“…Procedo a realizar aclaratorias a la profesora LUNA en cuanto a que ella no es política, que es Apolítica, término éste que en la práctica no existe ya que el ser humano desde que se relaciona con otros personas inicia la practica de la política social, por tanto los calificativos ofrecidos a la Sra BERTA en cuanto a que se la pasaba con colectivos políticos que no reconocen la actividad cultural, considero estar fuera de orden, por otra parte, por ser una Asociación Civil perciben remuneraciones y sus clases no son gratuitas, algo que va en contra de los postulados de los programas sociales que se deben desarrollar en toda Base de Misiones. En el informe levantado por el equipo político del Partido Socialista Unido de Venezuela, formé parte de la Comisión y fui asignado para atender la situación, ya que se propuso la necesidad de llegar a acuerdos con las partes involucradas. Reunión que nunca se concretó. Es todo…”.
Acto seguido se procede a escuchar a cada uno de los líderes de Comunidad presentes y que hacen vida en los espacios de la Comuna Los Encontrados y por ende forman parte de la Base de Misiones Freddy Bernal quienes entre otras cosas proponen lo siguiente: PRIMERO: Que se deje claro que los espacios de la Casa Comunal Casique Guaicaipuro, hoy Base de Misiones Freddy Bernal, fueron prestados para que funcionara la Academia de la profesora LUNA, y que se debe regular el uso de los mismos por cuanto se empezaron a ejecutar allí una serie de programas sociales, educativos, culturales, recreativos y de alimentación. SEGUNDO: que se deje establecido un lapso prudencial de tiempo para que se desocupen las instalaciones por parte de la Academia de la Profesora LUNA, debiendo ser éste un tiempo prudencial a fin de que pueda ubicar su Academia Privada en otro lugar y así ella misma le garantice a las niñas la continuidad de sus actividades como Academia. TERCERO: Se establezca un horario con la Profesora Luna para el uso temporal acordado de las instalaciones de la hoy Base de Misiones Freddy Bernal, que no interfiera con las demás actividades allí ejecutadas. CUARTO: Que el tiempo de permanencia de la Academia de la Profesora LUNA en la Casa Comunal hoy sede de la Comuna Freddy Bernal, sea por un tiempo determinado, proponiendo que el mismo sea por cuatro (04) meses contados a partir del día de hoy, hasta el día 10 de Junio de 2025 y usados los espacios los días Viernes y Sábado en horario comprendido de 2:00 p.m a 6:00p.m.; entendiendo que puede ser reprogramado cualquier ensayo en caso de estar ocupadas las instalaciones, previo diálogo entre las partes. QUINTO: Que se realice una reunión con los padres y representantes y de ser necesario con las Comunidades pertenecientes a la Comuna Freddy Bernal a fin de explicar la situación y evitar malos entendidos…Es todo…”
Solicita el derecho de palabra el Dr. JOSE GREGORIO OSORIO VIVAS, identificado supra quien manifiesta lo siguiente: La iniciativa de organizar las actividades culturales en un área cercana a los domicilios de los niños, niñas y adolescentes surgió en un período Vacacional al observar que muchos de éstos deseaban participar en actividades artísticas y culturales pero su limitante era la distancia para recibir formación, motivo por el cual a través de quienes han sido las estudiantes de la Casa de la Cultura en Rubio que se encontraban impartiendo clases en otros sectores y visto que el programa se estaba desarrollando en Buenos Aires con dos docentes, es que se toma la iniciativa de proponer que una de las profesoras asumiera la comunidad del Poblado, siendo ésta la ciudadana LUNA. Quien decide independizarse en la comunidad sugerida y organizarse a través de su Academia legalmente constituida, logrando así materializar esta iniciativa propuesta, donde a su vez contó con el apoyo y receptividad de la Líder de Comunidad Sra. BERTA y responsable de la Casa Comunal para ese entonces: Casique Guaicaipuro, hoy Base de Misiones Freddy Bernal, logrando permanecer por espacio de tres años en dichas instalaciones, sin tener inconveniente alguno con la precitada ciudadana ni con miembro alguno o representante del poder popular. Vale la pena resaltar que el trabajo realizado por la profesora Luna a través de su Academia de Danza, es reconocido por su calidad y éxito en las diferentes presentaciones realizadas por dicha agrupación en las actividades artísticas y culturales a las cuales han sido invitados, pudiendo destacar que la profesora LUNA goza del reconocimiento por parte de la Misión Cultura, donde vale la pena acotar que políticamente no entra cualquier persona si no tributa para la Revolución; así como también, la misma profesora LUNA, goza de una postulación realizada por el Diputado Leonard Triana para ingresar como docente en la Unidad Educativa Tierras de café donde imparte clase como docente; así como también a realizado trabajos que le han sido encomendados a través de la sala situacional de cultores a nivel Municipal supervisada por mí persona, pudiendo significar con ello que es una persona que ha demostrado tener cierto compromiso e identidad en su parte política con el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Por lo que considero que se ha tenido una falta de comunicación y atención acorde para tratar la problemática, ya que lejos de afectarse los niños, niñas y adolescentes que hacen vida en esa Academia, se podría mal interpretar la situación con la profesora de la misma. Por lo cual propongo: PRIMERO: Que se reubique la Academia. SEGUNDO: Que el lapso para la reubicación sea de cuatro (04) meses como lo proponen las y los Líderes de las 09 Comunidades que conforman la Comuna Los Encontrados. TERCERO: Que el Horario para los ensayos sea de dos días a la semana, pudiendo aceptar lo planteado en cuanto a que sea los Viernes y Sábados de 2:00 p.m a 6:00 p.m a fin de que pueda atender a los dos grupos de las niñas tal como les tiene clasificados por edades su Profesora. CUARTO: Que se norme lo acordado. QUINTO: Que se pueda realizar un aporte por parte de la Academia a la Casa Comunal Casique Guaicaipuro hoy Base de Misiones Freddy Bernal, que les a brindado apoyo por tres años consecutivos para su funcionamiento consistente en un donativo consistente en: *CORTINAS, *Arreglo del Baño y *Pizarra acrílica, para lo cual, Yo personalmente me comprometo en ayudar a la Academia.
Oídas como han sido todas y cada una de las partes presentes en el Acto y vista la disponibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio, éste Tribunal procede a plasmar el mismo bajo las propuestas generadas y convenidas entre las partes, entendiendo que la situación generadora de la presente Conciliación obedece a una problemática suscitada entre adultos, que estaba colocando en riesgo los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Academia de Danza Eli Dance Club de Baile, donde si bien es cierto existe los postulados fundamentales como son la prioridad absoluta y el Interés Superior del Niño Niña Y Adolescente consagrados en los artículos 7 y 8 de la Ley Especial como lo es la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes, aquí quedó evidenciado que se trataba de una falta de organización entre el trabajo desarrollado por una Academia Privada en un espacio Comunal ahora Base de Misiones, donde las partes así lo lograron entender y por ende convienen lo siguiente:
PRIMERO: La ciudadana: ELIANA MAYILEN LUNA DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 19.034.110, en su carácter de presidenta de la Asociación Civil Academia de Danza Eli Dance Club de Baile, debidamente Registrada bajo el N° 20, folio 81, Tomo 9 del año 2022 por ante la Oficina de Registro Mercantil, acepta las propuestas realizadas y agradece el tiempo que le permitieron usar las instalaciones de la Casa Comunal Casique Guaicaipuro hoy Base de Misiones FREDDY BERNAL, igualmente acepta el lapso de cuatro (04) meses para mudar su Academia de Baile para otro espacio; es decir, hasta los primeros quince días del mes de Junio de 2025.
Asimismo los y las Líderes de Comunidad de las nueve (09) Comunidades que hacen vida en Base de Misiones Freddy Bernal se comprometen en respetar el funcionamiento de la Academia por el lapso de tiempo acordado, entendiendo que se limita el tiempo de permanencia y uso de los espacios a la Academia, por cuanto se están desarrollando cursos del INCE así como también están próximos a inaugurar una Escuela de labores en esa misma sede.
SEGUNDO: La ciudadana: ELIANA MAYILEN LUNA DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 19.034.110, en su carácter de presidenta de la Asociación Civil Academia de Danza Eli Dance Club de Baile, debidamente Registrada bajo el N° 20, folio 81, Tomo 9 del año 2022 por ante la Oficina de Registro Mercantil, acepta el horario propuesto y convenido con los y las Líderes de Comunidad de las nueve (09) Comunidades que hacen vida en la Base de Misiones Freddy Bernal, quedando establecido que dichos espacios serán utilizados por la Academia dos días a la semana, los días Viernes y Sábados, salvo que deba reprogramarse por alguna eventualidad; la cual deberá ser comunicada oportunamente, entre ellos.
TERCERO: La ciudadana: ELIANA MAYILEN LUNA DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 19.034.110, en su carácter de presidenta de la Asociación Civil Academia de Danza Eli Dance Club de Baile, debidamente Registrada bajo el N° 20, folio 81, Tomo 9 del año 2022 por ante la Oficina de Registro Mercantil, acepta el horario convenido con los y las Líderes de Comunidad de las nueve (09) Comunidades que hacen vida en la Base de Misiones Freddy Bernal, el cual para los ensayos será de 2:00 p.m a 6:00 p.m, los días pautados anteriormente, es decir; los días Viernes y Sábados, atendiendo a los grupos de ensayo que mantiene la Academia.
CUARTO: La ciudadana: ELIANA MAYILEN LUNA DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 19.034.110, en su carácter de presidenta de la Asociación Civil Academia de Danza Eli Dance Club de Baile, debidamente Registrada bajo el N° 20, folio 81, Tomo 9 del año 2022 por ante la Oficina de Registro Mercantil, ofrece en señal de gratitud por el tiempo que le permitieron usar los espacios de la Casa Comunal Casique Guaicaipuro hoy base de Misiones Freddy Bernal, dar conjuntamente con el Dr. JOSE GREGORIO OSORIO VIVAS, un donativo consistente en: *CORTINAS, *Arreglo del Baño y *Pizarra acrílica, para dichas instalaciones.
QUINTO: Amabas partes convienen que de ser necesario realizar una reunión informativa a los padres y representantes de los Niños, Niñas Y Adolescentes que hacen vida en la Academia de Baile, la programarán oportunamente de forma conjunta para así dejar en conocimiento de todos que las instalaciones eran prestadas y que ahora son requeridas para darle vigencia a otros programas a ser implementados en la Base de Misiones Freddy Bernal, algo que ha debido señalarse al momento que levantar el acta de préstamo.
Visto lo manifestado por las partes, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Las parte deben darle fiel cumplimiento al acuerdo suscrito entre ellas en la presente solicitud. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman en la ciudad de Rubio a los 10 días del mes de Marzo de 2025. Año 215° y 165°.-
La Jueza Provisoria,
ABG. MARIANELA DEL PILAR GALLARDO CARDENAS
Los comparecientes,
ELIANA MAYILEN LUNA DE GARCIA
BERTA ESPERANZA GUTIERREZ DE PERALTA
SANDRA ZULAY JIMENEZ
INGRID DAYANA PARADA MEDINA
YISBET CONTRAMAESTRE DURAN
MARIA ROSA VIRGINIA VARGAS SARMIENTO
YTULENNY GLORIBETH RIVERO DE CHEA
JERLY JOHANY PEREZ CASANOVA
SHERMAN NEOMAR YANES SUAREZ
JOSE GREGORIO OSORIO VIVAS
Abg. GERSON ALBERTO VASQUEZ COLMERARES
Secretario SUPLENTE
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