REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA.

Por recibido el día Viernes 25 de Octubre de 2024 con oficio N° 418, de fecha 18 de Octubre de 20024, constante de cuarenta y Ocho -48- folios útiles Recurso de Hecho procedente del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, interpuesto por el Ciudadano VICTOR MANUEL DURAN CALDERON, titular de la cedula de identidad N° V- 14.217.700, asistido por el abogado NELSON EDUARDO FLORES GALVIZ, titular de la cedula de identidad N° V- 4.829.541 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 136.750, en el cual dicto sentencia en fecha 18 de Octubre de 2024 declarando en su Numeral Segundo la Revocatoria el auto de fecha 25 de Septiembre de 2024 dictado por este Tribunal; así mismo Ordenando en su Numeral Tercero oír en ambos efectos la apelación ejercida por el ciudadano VICTOR MANUEL DURAN CALDERON, asistido por el abogado NELSON EDUARDO FLORES GALVIZ, razón por la cual atendiendo a lo ordenado por ese Juzgado Superior se OYE LA MISMA EN AMBOS EFECTOS. En consecuencia, el Tribunal dispone remitir original las actuaciones contenidas en el cuaderno de medidas en el presente expediente 6347-23, al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a los fines de su distribución y conocimiento de la misma. Así mismo de conformidad con el Artículo 109 de CPC, se ordena corregir la foliatura a partir del folio ciento veintidós -122- por cuanto se cometió un error involuntario.