REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, SEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (06/05/2024).
213° y 165°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de un (01) folio útil y anexos constante de cinco (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos RENATO RUIZ ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-24.153.369, soltero, domiciliado en la Aldea Volador, Municipio Lobatera del Estado Táchira y civilmente hábil; por una parte; y por la otra NELLY MARGARITA ROA HURTADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.148.964, soltera, domiciliada en la Aldea Volador, Municipio Lobatera del Estado Táchira y civilmente hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PORRAS MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.097.703, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.949. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 12 de abril del 2024, inserto en el folio número tres (03), sobre la cesión de un lote de terreno propio con pasto, ubicado en el punto denominado El Rodeo, Aldea Volador, Municipio Lobatera del Estado Táchira, alinderado y medido según título remoto así: ESTE: mide cincuenta y nueve metros (59 m), con predios de Evelio Gonzalo Hurtado Arellano; OESTE: mide sesenta y cuatro metros con veintisiete centímetros (64,27 m), con camino carretero; NORTE: mide ciento cincuenta y cinco metros con cuarenta y siete centímetros (155,47 m), con terrenos adjudicados a Arsenio del Carmen Roa Chacón; y SUR: mide ciento ochenta y cinco metros con ochenta centímetros (185,80 m), con terrenos que son o fueron de Rosa Dorado de Ordoñez en parte y en parte terrenos adjudicados a la vendedora. En un punto por el Oeste se encuentra con una callejuela de cuatro metros (4 m) de ancho por ciento setenta y tres metros con diez centímetros (173,10 m) de largo, que colinda con terreno que es o fue de Rosa Dorado de Ordoñez y que sirve de vía de acceso, entrada y salida a los sucesores de María Agripina Hurtado de Roa y a Evelio Gonzalo Hurtado Arellano. Representa lo adquirido en Cartilla Adjudicada a la cedente, Lote segundo del Documento de Partición Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Lobatera del Estado Táchira, de fecha 18 de mayo de 1992, bajo el N° 37, Folios 130 al 133, Tomo I, Protocolo Primero, Correspondiente al segundo trimestre del año 1992. Traspasándole al ciudadano RENATO RUIZ ROA, titular de la cédula de identidad número: V-24.153.369, la plena propiedad, posesión y dominio de lo aquí cedido, con sus usos costumbres y libre de gravamen; y junto a la ciudadana NELLY MARGARITA ROA HURTADO, titular de la cédula de identidad N° V-10.148.964, reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2843-2024.

Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria