REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTITRÉS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (23/05/2024).
213° y 165°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de once (11) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos LESBIA MARISOL RIVAS MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.345.144, soltera, domiciliada en Michelena, Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte; y por la otra GABRIEL ARCÁNGEL RIVAS CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-1.526.488, casado, domiciliado en Michelena, Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PORRAS MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.097.703, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.949. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 28 de junio del 2016, inserto en el folio número cuatro (04), sobre la venta de un lote de terreno propio, Ubicado en El Uvito, Municipio Michelena, Estado Táchira; alinderado y medido así: NORTE: mide treinta y ocho metros con cincuenta centímetros (38,50 mts) con predios de Gabriel Arcángel Rivas Chacón; SUR: mide treinta y seis metros (36- mts) con predios Lesbia Marisol Rivas Molina; ESTE: mide cincuenta metros (50 mts), con vía pública en proyecto; y OESTE: mide cincuenta metros (50 mts), con José Ciro Rivas Chacón. Con un Área Total de terreno de MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (1.851,50 m2). Lo aquí descrito es parte de lo que adquirí en el Numeral Segundo de la Cartilla Tres recibida a mi nombre, en documento de Partición Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, bajo el número 85, Folios 257 vto. al 268 vto., Tomo I del Protocolo Primero, de fecha 13 de agosto de 1986. Traspasándole a la ciudadana LESBIA MARISOL RIVAS MOLINA, titular de la cédula de identidad número V-9.345.144, la plena propiedad, posesión y dominio de lo aquí vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen; y junto a al ciudadano GABRIEL ARCÁNGEL RIVAS CHACÓN, titular de la cédula de identidad número V-1.526.488, reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2853-2024.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
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