REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTIDÓS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (22/02/2024).
213° y 165°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de cuatro (04) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos CARLOS JULIO ROPERO MEDINA y MARÍA LUCILA GARCÍA DE ROPERO venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, con cedulas de identidad Nos. V-8.092.347 y V-9.222.963, domiciliados en la carrera 5 con calle 11 Número 4-61 Michelena Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábiles, teléfono WhatsApp 0412/2069132, por una parte y por la otra NUBIA OMAIRA ARELLANO RANGEL, venezolana, mayor de edad, soltera, con cédula de identidad No. V-14.626.389, domiciliada en Angarabeca vía principal el páramo del zumbador Municipio Michelena del Estado Táchira y también hábil, teléfono WhatsApp, 0416/7053623, asistidos por la abogada en ejercicio MIRNA LUZ MORAN YÉPEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 71.270.En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 15 de diciembre de 2023, inserto en el folio número cuatro (04), sobre la venta de un inmueble ubicado en el sitio denominado Guaramito o Rodeo, hoy en día específicamente en el sector Andrés Bello, Michelena Municipio Michelena Estado Táchira, consistente en un lote de terreno propio mide diez metros (10 mts.) de frente por veinte metros (20 mts) de largo con un área de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 m2), con los siguientes linderos y medidas: SUR, callejuela pública, OCCIDENTE, predios de Juan Rosales, NORTE Y ORIENTE, predios que son o fueron de Cecilio Moncada separa sus vientos mojones de piedra. Siendo TODO lo Adquirido por documento protocolizado en la oficina de Registro Público del Municipio Michelena del estado Táchira, bajo el No. 34, folio 274, tomo 2, del protocolo de transcripción de 2.023, de fecha 07 de Noviembre de 2.023. Traspasándole a la ciudadana NUBIA OMAIRA ARELLANO RANGEL, venezolana, mayor de edad, soltera, con cédula de identidad No. V-14.626.389, domiciliada en Angarabeca vía principal el páramo del zumbador Municipio Michelena del Estado Táchira y también hábil, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y junto a los ciudadanos CARLOS JULIO ROPERO MEDINA y MARÍA LUCILA GARCÍA DE ROPERO venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, con cedulas de identidad Nos. V-8.092.347 y V-9.222.963, domiciliados en la carrera 5 con calle 11 Número 4-61 Michelena Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábiles; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Yuliana Porras Rivas
La Secretaria …………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2799-2024.

Yuliana Porras Rivas
La Secretaria