REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, PRIMERO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (01-02-2024).
213° y 164°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de catorce (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos ZAMBRANO ARELLANO SANTOS ISIDORIO, ZAMBRANO ARELLANO LUZ MARINA, ZAMBRANO ARELLANO ALFREDO ANTONIO, ZAMBRANO ARELLANO NELLY CLEMENCIA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cedula de identidad Nros. V-13.688.570; V-15.085.821; V-17.677.327; V-9.342.257; en su orden respectivo, y ZAMBRANO ARELLANO FILADELFO ANTONIO, ARELLANO DE ZAMBRANO NERY CLEMENCIA, ZAMBRANO DE GARCIA YSOLINA MARIA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cedula de identidad Nros. V-18.716.218; V-8.093.905; V-9.346.259, en su orden respectivo todos domiciliados en la población de Michelena, Municipio Michelena, Estado Táchira, y LUCAS MANUEL MARQUEZ CHACÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.161.010, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, domiciliado en Final Avenida Marcos Pérez Jiménez, esquina vía que desde Michelena conduce al Paramo el zumbador, casa 0-21, Sector Santa Rita, Michelena, Municipio Michelena, Estado Táchira, asistidos en este acto por el ciudadano ANYELO JOSÉ ROSALES ROPERO, inscrito en el I.P.S.A. con el N° 310.677. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 05 de noviembre del 2023, inserto en los folios número seis (06) y siete (07), sobre la venta de los siguientes bienes: PRIMERO: Un lote de terreno propio, ubicado en la ciénaga, Municipio Michelena, del Estado Táchira, con su derecho de agua y servidumbre de paso, por el camino que divide el predio de Hugo Díaz, medido y alinderado así, NORTE: mide CINCUENTA Y SIETE METROS (57 m) con predios de Gerardo Díaz; SUR: mide SESENTA Y DOS METROS (62 m), con el camino interno y predios de Hugo Díaz; ESTE: mide TREINTA Y UN METROS (31 m), con predios de Cirilo Rosales; OESTE: Mide TREINTA Y SEIS METROS (36 m), con predios de Julia Colmenares. SEGUNDO: Un lote de terreno propio ubicado en la ciénaga, Municipio Michelena, Estado Táchira, con su derecho de agua y servidumbre de paso alinderado y medido así: NORTE: mide CINCUENTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (56,50m) con terrenos de juan Segundo Márquez; y en parte con un camino interno de 3 metros de ancho, SUR: mide CINCUENTA Y SIETE METROS (57 m), con el camino interno DE 3 METROS DE ANCHO y en parte con terreno de Reimundo Díaz García; ESTE: mide CUARENTA Y UN METROS (41 m), con terrenos de Juan Segundo Márquez; OESTE: Mide TREINTA Y CUATRO METROS (34 m), con terrenos de la sucesión Díaz Colmenares; posee un área total de MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (1.984 m2). Los referidos inmuebles descritos previamente, en la actualidad forman un solo cuerpo el cual según levantamiento topográfico de fecha 22 de noviembre de 2023, posee las medidas y linderos siguientes: NORTE: mide CINCUENTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (56,50m) colinda hoy con Juan Segundo Márquez y un camino de tres (3) metros de ancho; SUR: mide SESENTA METROS (60 m), colinda hoy con Luis Díaz Vivas, y un camino de tres (3) metros de ancho; ESTE: mide SETENTA METROS (70 m), Colinda hoy con Juan Segundo Márquez; OESTE: Mide SETENTA METROS (70 m), colinda hoy con terreno que es o fue de la sucesión Díaz Colmenares. Posee un área total de CUATRO MIL CIEN METROS CUADRADOS (4.100 m2). Lo aquí vendido le pertenece a los vendedores por herencia Ab-Intestato de su común causante ZAMBRANO ZAMBRANO REYES ARCANGEL, Sucesión RIF: Nº 0412646630, según Planilla de Recepción de Declaración Sucesoral N° 1990035993, Expediente 2019-100 de fecha 14 de agosto de 2015 (Documento este que anexo y marco con la letra “B”), y por los derechos comunes gananciales de la Comunidad Conyugal entre el Causante y la ciudadana ARELLANO DE ZAMBRANO NERY CLEMENCIA, lo cual radica en todo lo descrito en documento Protocolizado por ante Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, de fecha 17 de septiembre de 2013, bajo el N° 2013.315, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Número 436.18.13.1.2746, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2013, Número 2013.316, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el Número 436.18.13.1.2747 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013. Traspasándole a la ciudadana ZAMBRANO ARELLANO SANTOS ISIDORIO, ZAMBRANO ARELLANO LUZ MARINA, ZAMBRANO ARELLANO ALFREDO ANTONIO, ZAMBRANO ARELLANO NELLY CLEMENCIA, titulares de la cedula de identidad Nros. V-13.688.570; V-15.085.821; V-17.677.327; V-9.342.257; en su orden respectivo, y ZAMBRANO ARELLANO FILADELFO ANTONIO, ARELLANO DE ZAMBRANO NERY CLEMENCIA, ZAMBRANO DE GARCIA YSOLINA MARIA, titulares de la cedula de identidad Nros. V-18.716.218; V-8.093.905; V-9.346.259 y LUCAS MANUEL MARQUEZ CHACÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.161.010; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2785-2023.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
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