REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTITRÉS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (23/01/2024).
213° y 164°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de cinco (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos MARIA CAROLINA CASANOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V-13.688.147, soltera, domiciliada en Lobatera, Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte; y por la otra MARTIN ALEXIS DUARTE VIVAS; AURA XIOELVI DUARTE VIVAS Y MARCO ALEXANDER DUARTE VIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V-18.162.702; V-17.056.791 y V-14.626.092, solteros respectivamente, domiciliados en el área urbana de Michelena, Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábiles; asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PORRAS MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.097.703, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.949. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 04 de enero de 2024, inserto en el folio número cuatro (04), sobre la cesión de un terreno con casa de nuestra propiedad, ubicado en la Aldea El Uvito, jurisdicción del Municipio Michelena del Estado Táchira, con una extensión de quince metros (15mts) de frente por treinta metros (30 mts) de fondo, alinderado así: NORTE: con terreno que es o es de Blasimia Hevia Cegarra y mide quince metros (15 m); ESTE: con terreno que es o fue de la Sucesión Hernández, mide treinta metros (30 m), SUR: con la vía pública, mide quince metros (15 m); y OESTE: con la vía pública, mide treinta metros (30m). Representa todo lo adquirido por ante La Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, de fecha 01 de marzo del 2011, inscrito bajo el N°2011.921, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el N° 436.18.13.1.1394 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2011. Traspasándole a la ciudadana MARIA CAROLINA CASANOVA, titular de la cédula de Identidad número V-13.688.147. la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen; y junto a los ciudadanos MARTIN ALEXIS DUARTE VIVAS; AURA XIOELVI DUARTE VIVAS Y MARCO ALEXANDER DUARTE VIVAS, titulares de las cédulas de Identidad números V-18.162.702; V-17.056.791 y V-14.626.092; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2793-2024.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
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