JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, nueve (09) de agosto del año dos
mil veinticuatro (2024).-
AÑO 214º y 165º
Vista la diligencia inmediatamente anterior –F.31- suscrita por la ciudadana
ALBA IVONNI LEON DE LABARCA con cédula de identidad N° V- 3.075.907,
asistida del abogado en ejercicio MIGUEL RAMIREZ OROZCO, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 105.008; mediante la cual manifiesta lo siguiente:
“…..Desisto de la presente solicitud y solicito el desglose de los folios en los
cuales constan los anexos A, B, C, D, E y F, y además el desglose de las
actas de matrimonio Nro. 74 del año 1996 y Nro. 144 del año 1969……”; en
consecuencia, este Juzgado de conformidad al artículo 263 del Código de
Procedimiento Civil, declara consumado el acto y se procederá como en sentencia
pasada en autoridad de cosa juzgada; a tal efecto, se acuerda el desglose de los
documentos originales insertos a los folios cuatro (04) hasta el veinticinco (25) y
dejando en su lugar copia certificada para el archivo del tribunal, para la cual se
autoriza al ciudadano Alguacil adscrito a esta dependencia judicial y procédase el
archivo del expediente. Cúmplase como se indica.-