REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (25/04/2024).
213° y 165°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de tres (03) folios útiles y anexos constante de nueve (09) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos NANCY DE LA CRUZ PORRAS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.389.484, soltera, con domicilio en Michelena, Municipio Michelena del estado Táchira; y LUIS GONZAGA MEDINA VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.924.913, casado, con domicilio en Michelena, Municipio Michelena del estado Táchira, actuando por mis propios derechos y en representación de su esposa HAIDEE CECILIA ROMAN SEMPRUN, venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.517.956, soltera; con domicilio en Michelena, Municipio Michelena del estado Táchira, tal y como consta en instrumento poder especial que me fuere otorgado ante la Notaría Pública Primera de Maracaibo Estado Zulia, en fecha 18 de abril de 2024, anotado bajo el No. 9, Tomo 10, Folio 26 hasta el 28, asistidos por la Abogado MARIE MARCELLE MALDONADO DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.171.429, inscrita en el Inpreabogado No. 76.461. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 15 de marzo del 2024, inserto en el folio número cinco (05), sobre la venta de un inmueble del Fundo Guaramito, jurisdicción del Municipio Michelena del Estado Táchira, de la Urbanización La Pradera, correspondiente a la Parcela T-3-6, con un área de ciento dos metros cuadrados (102 mts2), le corresponde un porcentaje de 0,219% , comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE, mide seis metros (6,00 mts) con zona área verde y vereda V-3 por medio; SUR, Mide seis metros (6.00 mts) con talud 3; ESTE, Mide diecisiete metros (17 mts) con parcela T-3-5; y OESTE, Mide diecisiete metros (17 mts) con parcela T-3-7; y la Vivienda sobre ella construida la cual consta de una sola planta integrada así: sala-comedor, cocina, dos (2) dormitorios, un (1) baño, pasillo de circulación, patio interno de ventilación, áreas de oficios; con aproximadamente cuarenta y cinco metros cuadrados (45mts.2) de construcción; Este inmueble les pertenece según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Michelena, anotado bajo el No. 31, Tomo IV, Protocolo I, de fecha 27 de diciembre de 1994. Traspasándole a la ciudadana NANCY DE LA CRUZ PORRAS SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.389.484, la plena propiedad, posesión y dominio de lo aquí vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen; y junto al ciudadano LUIS GONZAGA MEDINA VALERO, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.924.913, reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2842-2024.

Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria