En el día de hoy Martes 09 de Abril de 2024, siendo las 10:00 a.m, estando presente por
una parte, los ciudadanos Abogados SAMIA HARB AYOUBI y DIXON ISAIAS
ROMERO URBINA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de
identidad N° V- 6.290.745 y V-9.214.213, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 44.385
y 44.562, en su orden, en su carácter de arrendadora propietaria y abogado asistente
respectivamente como parte demandante y por la otra, las ciudadanas YURISNAY
PASTORA ZOLANO GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula
de identidad N° V- 16.860.6058, en su carácter de parte demandada, asistida de la abogado
MAYERLIN MORALES TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.151;
siendo la oportunidad fijada para la celebración del Acto Conciliatorio por Demanda de
desalojo de Local Comercial signado bajo el N° 14.204 y fijado por este Tribunal mediante
Auto de fecha 28 de febrero de 2024 (F. 16), lo realizan de la siguiente manera y en los
siguientes términos: Solicita el derecho de palabra la parte demandada y concedido como le
fue expone: “ Propongo en este acto a la parte actora y a los fines de poner fin al
presente procedimiento, hacer entrega del inmueble el día miércoles primero (01) de
mayo del presente año 2024 libre de personas y bienes, en las mismas condiciones en
que lo recibí y con la respectiva solvencia en cuanto a servicios públicos se refiere, es
todo”. En este estado solicita el derecho de palabra la parte actora y concedido como le fue
expone: “Acepto la propuesta que en este acto se me hace y en los términos ahí
planteados; a tal efecto, solicito que la presente transacción sea Homologada por este
Tribunal, y pase a ser sentencia en calidad de cosa juzgada, es todo”.
Visto lo manifestado por las partes en este acto, y el acuerdo celebrado entre las
mismas, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, este
Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley
declara HOMOLOGADA LA PRESENTE TRANSACCIÓN en los términos acordados
por ellos y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
La Juez
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