JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Dieciséis (16) de abril del año dos mil veinticuatro (2024).-
AÑO 213º y 164º
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la presente solicitud intentada por
el ciudadano FRANCK DE JESUS CARRERO DEPABLO con cédula de identidad N° V.-
11.506.353, actuando con el carácter de presidente de la Junta de Condominio del Conjunto
Residencial y Comercial Plaza San Cristóbal y Plaza Suite, asistido del abogado en ejercicio
ROMULO ALEJANDRO SANCHEZ QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.247;
aprecia este Tribunal que consta en auto de fecha veinte (20) de septiembre del año dos mil
veintitrés (2023), que de conformidad con el único aparte del articulo 11 del Código de
Procedimiento Civil se instó a la parte actora a consignar: Copia del acta de Asamblea
General Ordinaria del 30 de Marzo de 2023, inserta en la Notaria Pública Cuarta de
San Cristóbal, estado Táchira en fecha 21 de Abril de 2023, bajo el número 47, tomo
13, folios 165 hasta 168, donde entra en función como presidente; para lo cual se
otorgó un plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del auto antes referido y una vez
conste en autos, se pronunciará el juzgado sobre su admisibilidad.
Ahora bien, visto que el plazo acordado ha transcurrido íntegramente y con creces, sin que
conste en autos lo requerido, resulta forzoso para este Juzgado declarar inadmisible la presente
solicitud. –Y así decide-
En virtud de lo anterior, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción judicial del estado
Táchira declara INADMISIBLE la presente solicitud de NOTIFICACIÓN JUDICIAL, presentada
por el ciudadano FRANCK DE JESUS CARRERO DEPABLO, con cédula de identidad N° V.-
11.506.353 en su carácter de presidente de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial y
Comercial Plaza San Cristóbal y Plaza Suite. -Y así decide-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo físico y digital del tribunal.
Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO PRIMERO DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN
CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA,
en San Cristóbal, a los dieciséis (16) días del mes de Abril del año dos mil veinticuatro (2024).-
AÑOS: 213° de la Independencia y 164º de la Federación.