Visto el convenimiento celebrado entre los Ciudadanos: VICTOR JOSE SUEZCUM CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 26.515.081, y LUISA MARIA VIELMA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V- 26.683.913, de fecha 10 de Agosto de 2023, en el cual manifiestan: “… El padre antes identificado en acuerdo con la madre deciden aumentar el monto de la Obligación de Manutención siendo la anterior de veinte bolívares (20 Bs) a cincuenta Dólares (50$) pagados en bolívares según la tasa de cambio del Banco Central de Venezuela, dicho monto convienen en que sea pagado en dos partes una primera parte del 10 al 15 de cada mes y una segunda parte del 25 al 30 de cada mes, cada cuota será de veinticinco dólares Americanos (25$) según la tasa del Banco Central de Venezuela; cabe de destacar que gastos Educativos, Decembrinos y de Salud serán aportados en un 50% cada uno. La suma de dinero pasará a ser depositada a la cuenta Bancaria de la madre LUISA MARIA VIELMA CONTRERAS, en la entidad Bancaria del Banco Venezuela a la cuenta Corriente N° 0102-0380-55-0000325141…”. --------------------------------
Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin de que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE. ------------------------------------------------------------------------
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira En Rubio a los Diez (10) días del mes de Agosto de Dos Mil Veintitrés.
La Jueza Provisoria,
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