este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, resuelve: PRIMERO: decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano EDWARD JOSE VIDES MOLERO, plenamente identificado anteriormente, toda vez que su aprehensión se subsume en una de las hipótesis de flagrancia contenidas en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, se produjo a poco de haberse cometido el hecho. SEGUNDO: ordena la libertad inmediata del ciudadano antes mencionado, a quien la Fiscala Auxiliar Decimosexta del Ministerio Público, le atribuye la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciud.....