En razón de los Fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE, PRIMERO: DECRETA el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, acordada por este Juzgado, en fecha diecisiete (17) de enero del año 2014, por fallo 0067- 2014, a favor del imputado HUGO JOSE PEÑA VELASQUEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Valera, estado Trujillo, de estado civil soltero, de ofiuco albañil, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.929.963, nacido en fecha 19/09/1987, de 25 años de edad, hijo de Yelitza Velásquez y de Hugo Peña, y residenciado en el sector La Conquista, calle Andrés Bello, casa Nº 11524, al lado de la Escuela Juana Soto, Caja Seca, Municipio Sucre del estado Zulia, teléfono 0416-3038045, contra .....