Por todos los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Primera Instancia, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECRETA:
PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano LUIS EDUARDO NUÑEZ CONTRERAS, quien dijo ser de nacionalidad colombiana, natural de Bucaramanga, República de Colombia, fecha de nacimiento 24-12-1986, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E-83.670.687, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Inés Contreras (d) y de Antonio Nuñez, residenciado en el barrio Las Playitas, calle principal, casa s/n, detrás del liceo Cuatro Esquinas, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, por cuanto llena los extremos del artículo 93 de la ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida Libre de violencia.
SEGUNDO: Prose.....