En razón de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE: PRIMERO: DECLARA ha lugar la solicitud interpuesta por el ciudadano CARLOS MANUEL MARTINEZ MARQUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.885.775, y domiciliado en la población de Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, debidamente asistido por la abogada en ejercicio DAYANIRA MILDRED ESPINOZA FERRER, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.372.371, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 126.280, domiciliada en jurisdicción del Municipio Colón, Estado Zulia, y por vía de consecuencia, acuerda la entrega en calidad de depósito del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO C.....