Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, decreta medida cautelar sustitutiva de libertad para los ciudadanos LUIS GERARDO PEREZ GIL, JOSE LUIS GONZALEZ MORALES y DAVIAN VICENTE BALZAN OCHOA, antes identificados, a quienes para el primero el Fiscal del Ministerio Público le imputó la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 218 y 286 del Código Penal Venezolano, respectivamente; cometidos en perjuicio del Estado Venezolano, y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida .....