Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el ciudadano JUAN ALBERTO RAMOS ORTIZ, de nacionalidad colombiana, natural de Valledupar, República de Colombia, de 38 años de edad, fecha de nacimiento 12-02-1970, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad de ciudadanía N° 77.031.400, hijo de Manuel Ramos y de Lourdes Ortiz, residenciado en el barrio Gaitero, calle 103, casa N° 130-103, Municipio San Francisco, Estado Zulia, a quien el Fiscal del Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FA.....