Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA EXTENSION SANTA BARBARA DEL ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: CONDENA Por aplicación del Procedimiento ADMISIÒN DE HECHOS al ciudadano JOSE ESTARLIN MORENO MALDONADO, de nacionalidad colombiana, natural de Barrancabermeja Republica de Colombia, de 48 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, portador de la cedula de identidad Nro. C-91.420.402, residenciado en el sector El Caracolí, calle 02, carretera Santa Bárbara ¿ El Vigía, Municipio Colón del Estado Zulia, por la comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana EMILSE PALOMINO CRISTO y de su hija adolescente (identidad o.....