En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: El cese de todas las medidas de coerción personal, que pesan sobre el ciudadano REINALDO ANTONIO SANCHEZ ZERPA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, fecha de nacimiento 22-06-1968, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.686.699, soltero, ganadero, hijo de José Sánchez Inciarte y Nuvia María Zerpa, residenciado en la calle Piar, diagonal a Lotería "Juancho", casa S/N, Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, teléfonos Nos. 0414-2622158 y 0416-6128999, en el presente asunto signado con el Nº CO2-3321-2008, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual se acuerda la libertad sin restric.....