este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano VICTOR DE JESUS PORTILLO REVEROL, antes identificado, a quien el Fiscal del Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificado en el artículo 39, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respectivamente, cometido en perjuicio de la ciudadana YILESA DEL CARMEN AÑEZ SANCHEZ, con base a los argumentos expuestos en aparte anterior. Se impone medida cautelar sustitutiva de libertad, por considerar que se encuentran llenos los extremos señalados en los numerales 1 y 2 del artículo 250 del Código Orgánico.....