Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud presentada por la Fiscal Decimasexta (A) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, abogada NEYDUTH BETZABE RAMOS POLO, y en consecuencia, decreta medida de privación judicial preventiva de libertad para el ciudadano MANUEL ESTEBAN MONTES RAMIREZ, quien dijo ser de nacionalidad colombiano, natural de Magangue, Departamento Bolívar, fecha de nacimiento 17-10-1965, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-83.234.841, hijo de MANUEL ESTEBAN MONTES y de LUCILA RAMIREZ, soltero, de profesión chofer, residenciado en el barrio La Madres, calle 04 al final, Cuatro Esquinas, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia,.....