Por las razones y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano ALFREDO SERRUDO, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal de Venezuela vigente para la fecha de cometido el hecho, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE ENRRIQUE SILVA OCHOA, de conformidad con el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48, numeral 8 eiusdem. Respecto de la boleta de notificación del ciudadano ALFREDO SERRUDO, se ordena publicarla a las puertas de este Tribunal, agregando copia de ella a la causa, en virtud de que en actas no existen datos filiatorios y de su domicilio, en atención con lo dispuest.....